Subvenciones para proyectos de inversiones productivas en Catalunya

¿Qué proyectos se consideran inversiones productivas?

Aquellos proyectos de inversiones industriales destinados a nuevas plantas de producción o inversiones en mejoras o nuevos procesos productivos, que, a su vez, impliquen el mantenimiento y/o un incremento neto de los puestos de trabajo.

 

¿Cuál es la cuantía de la subvención?

Hasta un máximo del 20% de la inversión elegible, con un máximo de 500.000€.

 

¿Quiénes son los beneficiari@s?

Las empresas industriales con código de Clasificación Catalana de Actividades Económicas (CCAE) 10 y 11 y del 13 al 32, ambos incluidos, que tengan sede operativa en Cataluña o que sean de nueva implantación en Cataluña.

 

Este código de actividad deberá constar en los estatutos de la empresa beneficiaria con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria, o en el momento de su

constitución si se trata de una nueva implantación.

 

¿Qué requisitos deben cumplir las empresas beneficiarias?

  • Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente en el momento de la presentación de la solicitud.
  • Tener el financiamiento cerrado del proyecto al menos en un 50%, ya sea con recursos propios, financiamiento bancario formalizado o aportaciones de capital de terceros.
  • La inversión mínima de estos proyectos de inversión será de 100.000€ para micro, pequeñas y medianas empresas y de 1.000.000€ para grandes empresas.
  • Las actividades objeto de estas subvenciones deben ejecutarse desde el primer día hábil del año de publicación de la convocatoria a la que se presente la solicitud y hasta un máximo de 18 meses posteriores, contados desde la fecha de publicación de la convocatoria correspondiente.

 

¿Qué gastos son subvencionables?

  • Maquinaria de los procesos productivos o componentes que formen parte directamente de una línea de producción.
  • Ingeniería del proceso productivo directamente asociada a las inversiones. Esta asociación a las inversiones deberá quedar expresamente documentada en la memoria Software asociado a las inversiones productivas. No se subvencionará software aislado de maquinaria o proceso productivo que no sea objeto del proyecto subvencionado.
  • Instalaciones necesarias y obra civil para la puesta en marcha de la maquinaria o para la mejora o nuevo proceso productivo de las inversiones hasta un máximo del 20% del importe.
  • La inversión de los gastos subvencionables tiene que representar un mínimo del 60% de todo el proyecto a fin de que el proyecto sea subvencionable. Se considera gasto realizado aquel que haya sido efectivamente pagado antes de la finalización del período de justificación determinado en estas bases.

 

¿Cuál es el plazo de presentación de la solicitud?

Del 10 de marzo al 22 de abril del 2026 a las 14h.

 

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