5/5/2026
¿Cuál es el objeto de la subvención?
Apoyar a los sectores económicos de Les Terres de l’Ebre afectados por las inundaciones y lluvias torrenciales ocasionadas por la DANA Alice en octubre de 2025.
Su finalidad es fomentar la recuperación de las actividades económicas afectadas, dando apoyo a:
- Gastos imprevistos ocasionados por los daños derivados de la DANA Alice.
- Inversiones urgentes necesarias para la recuperación de la actividad económica.
- Actuaciones de reparación, reposición o restauración de bienes, instalaciones y equipamientos utilizados para desarrollar la actividad económica que hayan sufrido daños directos por las inundaciones y lluvias torrenciales.
¿Quiénes son los beneficiarios?
Los profesionales autónomos dados de alta en el RETA y las pequeñas y medianas empresas (PYMES) afectadas económicamente por la DANA Alice.
¿Qué requisitos deben cumplir los beneficiarios?
- Tener sede social u operativa en municipios de las comarcas del Montsià, Baix Ebre, Ribera d’Ebre y Terra Alta.
- Ser profesional autónom dado de alta en el RETA o PYME.
- Tener como actividad económica principal uno de los IAEs incluidos en la Base 5.1 de las bases reguladoras.
- Haber estado afectado económicamente por las inundaciones y lluvias torrenciales ocasionadas por la DANA Alice en octubre de 2025.
- Haber incurrido en gastos necesarios para recuperar la actividad económica afectada por importe superior a 2.000 €, IVA no incluido.
¿Cuál es la cuantía de la subvención?
La ayuda se concede por tramos en función del importe de los gastos acreditados:
- Hasta 5.000,00€ para beneficiarios que acrediten gastos desde 2.001,00€ hasta un importe inferior o igual a 25.000,00€.
- 10.000,00€ para beneficiarios que acrediten gastos entre 25.001,00€ y 50.000,00€.
- 20.000,00€ para beneficiarios que acrediten gastos por importe igual o superior a 50.001,00€.
Condiciones y requisitos destacados:
- El importe de la subvención concedida no puede superar el coste de la actividad subvencionada.
- Las ayudas pueden acumularse con otras subvenciones o ayudas públicas y/o privadas, nacionales o internacionales, siempre que no se supere el coste de la actividad.
- No se puede subvencionar un objeto no realizado.
- No se permite la reformulación de solicitudes.
- La persona beneficiaria deberá justificar la subvención desde el día siguiente a la publicación definitiva de la resolución de otorgamiento hasta el 30/09/2026.
- El pago se realiza previa comprobación de la justificación de la actividad y del gasto realizado.
¿Qué gastos son subvencionables?
Las actuaciones necesarias para la reparación, reposición, restauración de bienes, instalaciones y equipamientos utilizados para el desarrollo de la actividad económica que hayan sufrido daños directamente ocasionados por las inundaciones y lluvias torrenciales derivadas de la DANA Alice.
¿Cuál es el plazo para solicitar la subvención?
El 22 de abril de 2026, a las 09:00 horas, hasta el 22 de mayo de 2026, a las 14:00 horas.
El período disponible para realizar las acciones subvencionables va desde el 7 de octubre de 2025 hasta el 30 de junio de 2026.
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