7/21/2026
El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas —ICAC— ha registrado un nuevo aumento de los expedientes sancionadores relacionados con la falta de depósito de las cuentas anuales en el Registro Mercantil.
Durante 2025 se iniciaron 550 expedientes por este incumplimiento, frente a los 434 del ejercicio anterior. El importe total de las sanciones impuestas alcanzó aproximadamente 1,59 millones de euros, situándose la sanción media en torno a los 2.900 euros por sociedad.
Es importante recordar que las sociedades deben depositar sus cuentas anuales en el Registro Mercantil dentro del mes siguiente a su aprobación. La falta de depósito puede provocar el cierre de la hoja registral, lo que impide inscribir la mayoría de los actos societarios, como cambios de administrador, otorgamiento de poderes, modificaciones estatutarias o ampliaciones de capital.
Además, la normativa contempla sanciones de entre 1.200€ y 60.000€ por cada ejercicio incumplido. En sociedades o grupos con una facturación anual superior a seis millones de euros, el límite puede alcanzar los 300.000€ por cada año de retraso.
La inactividad de la sociedad no elimina, por sí sola, la obligación de formular, aprobar y depositar las cuentas anuales.
Por este motivo, recomendamos comprobar que la sociedad se encuentra al corriente de sus obligaciones registrales y regularizar cuanto antes cualquier ejercicio pendiente, especialmente antes de que se inicie un procedimiento sancionador.
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