3/16/2023
Con la entrada en vigor de la Ley de Startups, el visado español para nómadas digitales y emprendedores pasa a ser una realidad. La nueva normativa regula un nuevo permiso de residencia para extranjeros no comunitarios que trabajan de forma remota desde España. Esta iniciativa busca ser un incentivo para atraer a emprendedores, inversores y trabajadores cualificados, sin la limitación de tres meses de un visado de turista convencional.
¿Qué es un nómada digital?
La Ley de Startups define nómada digital como “personas cuyos empleos les permiten trabajar en remoto y cambiar de residencia de forma habitual”.
¿Quién puede solicitar este permiso?
Está pensado para trabajadores extracomunitarios, que sean:
- Trabajadores por cuenta ajena contratados por una empresa extranjera que les permita desplazarse y teletrabajar desde España.
- Trabajadores autónomos con clientes internacionales o ingresos de actividades online, siempre de fuera de España.
Recuerda que los ciudadanos de la Unión Europea ya pueden trabajar en España a distancia hasta seis meses y posteriormente puede prolongar su estancia solicitando el NIE como residente.
¿Qué soluciona este permiso de residencia en España para extranjeros no comunitarios?
Hasta la fecha, los trabajadores extranjeros no europeos que querían vivir en España pero seguir trabajando para una empresa en el extranjero debían solicitar un visado no lucrativo para poder residir en España. Este visado pero no era válido para trabajar.
El visado para nómadas digitales viene a solucionar esta situación. Es un permiso de residencia extensible a 5 años que permite a ciudadanos extranjeros de fuera de la Unión Europea vivir y trabajar desde España de forma remota ejerciendo actividades como nómada digital.
¿Qué ventajas tiene la visa para nómadas digitales?
- Se puede solicitar un visado de un año desde el propio país de origen. Una vez en España, es posible ampliar la vigencia a tres años.
- Disponible en 20 días. Si hay silencio administrativo y no se obtiene respuesta en el plazo de 20 días, la solicitud se considera aprobada.
- Es posible conseguir la residencia permanente tras cinco años como teletrabajador en España.
- Permite incluir al cónyuge e hijos en la misma solicitud, pudiendo así vivir junto a la familia en España y poder desplazarse por toda la Unión Europea con total libertad.
¿Qué requisitos hay que cumplir?
- Disponer de un mínimo de 26.000€. Por cada familiar adicional se deberá disponer de 9.000€ extras.
- Los ingresos obtenidos en España o procedentes de empresas españolas no pueden representar más del 20% del total.
- Demostrar una experiencia mínima de tres años relacionada con el trabajo a desarrollar o bien con título académico como graduado o postgrado universitario o en un centro de reconocido.
- Disponer de seguro de salud con cobertura total en toda España que no tenga carencias ni copagos (no son válidos los seguros de viaje).
- Certificado médico que indique que no se padece ninguna enfermedad que pueda tener repercusiones graves para la salud pública.
- En caso de los familiares deberá acreditarse el vínculo familiar (certificado de matrimonio o nacimiento).
- No tener antecedentes penales ni prohibida la entrada en España. Es necesario aportar un certificado de antecedentes penales legalizados con una validez mínima de 90 días, además de firmar una declaración responsable de la inexistencia de antecedentes penales en los últimos cinco años.
Requisitos para trabajadores por cuenta ajena:
- La empresa o empresas para las que trabaje deben estar ubicadas fuera de España y deben haber estado funcionando como mínimo desde un año antes de la solicitud. Se deberá mostrar las escrituras de constitución de la empresa.
- Carta de la empresa contratante acreditando que acepta el teletrabajo en España y que expresamente le autoriza a ello.
- Contrato laboral de como mínimo un año de duración.
- Demostrar que ha estado trabajando para la empresa como mínimo desde los tres meses anteriores a la solicitud del visado, mostrando las nóminas de los últimos tres meses.
Requisitos para autónomos:
- Estar trabajando como mínimo para una empresa extranjera mediante un contrato que señale la posibilidad de trabajar a distancia.
- Demostrar haber tenido una relación profesional independiente con sus clientes como mínimo desde los tres meses previos a la solicitud del visado.
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