Todos los becarios en prácticas cotizarán a partir de octubre de 2023

El Real Decreto-ley 2/2023 introduce una nueva obligación para las empresas: todas las compañías deberán dar de alta en la Seguridad Social a los becarios. Esto es independientemente de que realicen prácticas remuneradas o no.

En el BOE se recoge la obligatoriedad de computar los periodos de prácticas en la vida laboral con efectos de cara a la jubilación, por lo que pasarán a contabilizarse como periodos cotizados sean prácticas remuneradas o no. Una medida que será de obligado cumplimiento desde el próximo 1 de octubre de 2023 y, además, también establece una vía para aquellas personas que han sido becarias en los dos años previos a la publicación del decreto al ser de carácter retroactivo. 

Por tanto, a partir del 1 de octubre de 2023, quienes estén realizando prácticas remuneradas o sin remunerar, empezarán a cotizar como trabajadores por cuenta ajena, aunque con determinadas condiciones como por ejemplo que no cotizarán por desempleo, FOGASA o formación profesional y tampoco aportarán al MEI. 

En el caso de las prácticas no remuneradas, se excluirá también la protección por la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes. Respecto al cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social, en las prácticas remuneradas corresponderá a la entidad u organismo que financie el programa de formación, que asumirá a estos efectos la condición de empresario. En las prácticas sin remunerar, corresponderá a la empresa, institución o entidad, salvo que en el convenio o acuerdo de cooperación se disponga que tales obligaciones corresponderán al centro de formación responsable de la oferta formativa.

¿Cómo serán las cotizaciones?

La cotización a la Seguridad Social, tanto en las prácticas remuneradas como en las no remuneradas, se ajustará a las siguientes previsiones: las empresas tendrán un 95% de deducción en las cuotas por contingencias comunes.  De cara a futuras prestaciones, cada día trabajado en prácticas no remuneradas será considerado como 1,61 días cotizados.

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