Tienes hasta el 14 de mayo de 2021 para declarar los mecanismos transfronterizos de planificación fiscal

La nueva Orden HAC/342/2021, de 12 de abril, aprueba los nuevos modelos 234, 235 y 236 de declaración de información de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal y establece el 14 de mayo de 2021 como fecha tope para declarar los mecanismos transfronterizos cuya primera fase de ejecución se haya realizado entre el 25 de junio de 2018 y el 30 de junio de 2020.

 

Modelo 234. Declaración de información de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal

Estarán obligados a presentar el modelo 234 las personas o entidades que tuvieran la consideración de intermediarios a los efectos de esta obligación:

  • Toda persona o entidad que diseñe, comercialice, organice, ponga a disposición para su ejecución un mecanismo transfronterizo sujeto a comunicación de información, o que gestione su ejecución.
  • Toda persona o entidad que conoce que se ha comprometido a prestar directamente o por medio de otras personas ayuda, asistencia o asesoramiento con respecto al diseño, comercialización, organización, puesta a disposición para su ejecución o gestión de la ejecución de un mecanismo transfronterizo sujeto a comunicación de información.

La presentación del modelo 234 se realizará telemáticamente a través de Internet. De acuerdo con la disposición transitoria primera de la Orden HAC/342/2021, los mecanismos transfronterizos cuya primera fase de ejecución se haya realizado entre el 25 de junio de 2018 y el 30 de junio de 2020 deberán ser objeto de declaración hasta el 14 de mayo de 2021.

 

Modelo 235. Declaración de información de actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables

Estarán obligados a presentar el modelo 235 las personas o entidades que tuvieran la consideración de intermediarios a los efectos de la obligación de información de determinados mecanismos de planificación fiscal.
La presentación del modelo 235 se realizará por vía telemática a través de internet en el mes natural siguiente a la finalización del trimestre natural.

 

Modelo 236. Declaración de información de la utilización de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal

Estarán obligados a presentar el modelo 236 las personas o entidades que hayan utilizado en España los mecanismos transfronterizos que hayan debido ser previamente declarados (artículo 49.1 RD 1065/2007).
▪ Categoría Fiscal
▪ Fecha 27/04/2021
La presentación del modelo 236 se realizará por vía telemática a través de internet durante el último trimestre del año natural siguiente a aquel en el que se haya producido la utilización en España de los mecanismos transfronterizos.

 

Sanciones

La falta de presentación en plazo de estas declaraciones informativas se considera una infracción grave sancionada con multa fija de 2.000 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a un mismo mecanismo que hubiera debido incluirse en la declaración, con un mínimo de 4.000 euros. También se considera infracción grave su presentación de forma incompleta, inexacta o con datos falsos, con la misma sanción antes expuesta.

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