¿Tienes emplead@s del hogar? A partir de noviembre tienes que hacer la prevención de riesgos

A partir del 14 de noviembre de 2025 entra en vigor una nueva obligación legal para todos los empleadores de trabajador@s del hogar (emplead@s doméstic@s). Esta normativa, establecida por el Real Decreto 893/2024 del 10 de septiembre de 2024, equipara la protección de la salud de las emplead@s del hogar a la de cualquier otro trabajador@.

 

En la práctica, esto significa que si tienes contratada a una emplead@ del hogar (limpieza, cuidado de personas, niñera, etc.), deberás evaluar y prevenir los riesgos laborales en tu domicilio, tal como lo haría una empresa en un centro de trabajo convencional. Es un trámite obligatorio a partir de este próximo 14 de noviembre. Desde TAX podemos ayudarte a cumplir con esta nueva normativa.

 

¿Quiénes deben cumplir esta normativa?

Todas las personas o familias que tengan emplead@s del hogar están sujetas a esta obligación. Importante: aunque el lugar de trabajo sea tu propia casa, se considera a efectos legales un centro de trabajo para la emplead@.

 

¿Qué obligaciones tienes como empleador@?

  • Realizar una evaluación inicial de riesgos: Debes evaluar los posibles riesgos para la seguridad y salud de tu emplead@ del hogar en las tareas que realiza en tu casa.
  • Implantar medidas preventivas: Si la evaluación detecta alguna situación de riesgo (por ejemplo, riesgo de caída por una escalera sin barandilla, o exposición a productos químicos sin guantes), deberás tomar medidas para eliminar o reducir ese riesgo.
  • Proporcionar equipos de trabajo y protección adecuados
  • Informar y formar a la trabajador@: La emplead@ del hogar tiene derecho a ser informad@ de los riesgos y de las medidas de prevención en su trabajo. Debes entregarle una copia de la evaluación de riesgos realizada y del plan de medidas preventivas adoptado, de forma que conozca los peligros identificados en el hogar y cómo se están gestionando. Además, la normativa prevé que reciba una formación en prevención de riesgos al inicio de la relación laboral.
  • Vigilancia de la salud: Otra novedad es que las emplead@s del hogar tienen derecho a reconocimientos médicos periódicos (exámenes de salud) de forma voluntaria y gratuita, al menos cada tres años.

 

¿Cómo debes hacer este análisis de prevención de riesgos?

Para facilitar a los hogares el cumplimiento de esta nueva normativa, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) ha desarrollado una plataforma oficial llamada Prevención10. https://www.prevencion10.es/

 

Es un portal online, gratuito y fácil de usar, donde cualquier empleador@ puede realizar la evaluación de riesgos laborales de su hogar de forma guiada. Al finalizar, la aplicación genera automáticamente un documento que incluye: la evaluación de riesgos de tu hogar, la lista de medidas preventivas a implantar y también materiales informativos para la trabajador@. Toda esta documentación puedes descargarla o imprimirla. Debes entregar una copia a tu emplead@ del hogar (para cumplir con su derecho a información) y guardar otra copia en tu poder en el domicilio.

 

¿Quieres que desde TAX nos ocupemos de hacerte esta gestión?


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