Teletrabajo postpandemia, la gran incógnita

El teletrabajo ha venido para quedarse, no hay ninguna duda. Cierto es que desde la pandemia y sobre todo en España se ha demostrado que el teletrabajo sirve y que la gente lo ha adoptado como una de sus salvaguardas, sobre todo para poder conciliar mejor su vida personal y familiar. Durante el COVID-19 se impuso y ahora son las empresas las que cada vez más lo están instaurando entre sus filas ya que se ha convertido en un modelo de trabajo muy demandado por los trabajadores y los candidatos a un puesto de trabajo.

Si bien es cierto que se trata de una figura que nos permite trabajar desde cualquier lugar del mundo, esto no convierte el teletrabajo en la opción infalible para poder trabajar desde el extranjero, al menos en España. Debemos tener en cuenta que el requisito indispensable para poder estar afiliado a la Seguridad Social española es encontrarse en la situación de residente español y sin esta condición no sería posible trabajar para una empresa española.

Existen ciertas especificaciones a esta afirmación como la figura del desplazado, pero esta misma se encuentra reservada para tareas temporales que debe ejercer un empleado por un objetivo en concreto en un país, ya sea comunitario o extracomunitario.

Por tanto, como situación generalizada, aunque muchos trabajadores pensaron que a través del teletrabajo podían volver a sus lugares de origen y desde ahí trabajar y cotizar en España, lo cierto es que en nuestro país esto aun no es posible. Siempre que el trabajador mantenga la situación de residente español, es decir, resida más de 180 días en nuestro territorio sería posible que durante meses pudiese de forma temporal vivir en otro país, pero nunca cambiando su empadronamiento a un lugar fuera de España.

Finalmente, la situación postpandemia nos ha dejado entrever que por muy modernizados que parezcamos al haber implantado el teletrabajo en España de forma generalizada, la normativa española hoy no ampara estas situaciones, ya que prima el principio de territorialidad a cualquier otra normativa que pueda existir. Esto deja a muchas personas extranjeras sin la posibilidad de residir en su país de origen y realizar su trabajo exactamente igual a como lo hacen desde su residencia en España.

Deberemos esperar, por tanto, que se redacte una normativa europea en materia de teletrabajo que contemple esta situación y permita homogeneizar la situación laboral de todos los europeos que, ya teniendo libre circulación entre territorios, también puedan trabajar en un lugar distinto al de su residencia habitual.

 

Amanda Riera

ariera@tax.es

Asesora laboral de TAX Barcelona

Plan de recuperación, transformación y resiliencia
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