Teletrabajo: Control y registro de horas extraordinarias

La obligación de registro de la jornada también es aplicable al trabajo a distancia. Por lo tanto, deberá quedar reflejado el tiempo que la persona trabajadora que realiza trabajo a distancia dedica a la actividad laboral, sin perjuicio de la flexibilidad horaria, y deberá incluir el momento de inicio y finalización de la jornada. 


El registro de jornada, la mayor garantía para la empresa
El registro de jornada, especialmente si cuenta con la intervención del trabajador porque él mismo registra los datos o porque utiliza un método que plasma su conformidad, es una garantía para la empresa ante posibles reclamaciones salariales de los empleados. 

También es importante tener en cuenta otros elementos que puedan acreditar o no la realización de las horas extraordinarias, como la carga de trabajo, las conexiones del trabajador con el sistema remoto de la empresa o las llamadas o e-mails contestados fuera de la jornada ordinaria. 


¿Cómo se debe hacer el registro de la jornada?

  • La jornada de cada trabajador se debe registrar día a día y totalizarse en el periodo fijado para el abono de las retribuciones. 
  • Es necesario entregar copia del resumen al trabajador en el recibo correspondiente. 

 

¿Qué sanciones puede conllevar el incumplimiento del registro de la jornada?
Los incumplimientos relativos al registro de la jornada se consideran infracciones graves, y pueden conllevar una multa de entre 751 y 7.500 euros. 

Detectar horas extraordinarias no pagadas ni cotizadas puede suponer sanciones por infracción grave o muy grave. 


¿Cómo debería actuar la empresa?
La mejor opción para la empresa en caso de tener empleados teletrabajando es reflejar en el acuerdo de trabajo a distancia o en los acuerdos de política interna de la empresa los siguientes puntos: 
 

  • El horario de trabajo del trabajador.
  • Las reglas de disponibilidad. 
  • Los criterios de desconexión digital.
  • La necesidad de que la realización de horas extras sea autorizada previamente por la empresa.
  • En caso de realizar horas extras: reflejar la correcta compensación por tiempo de descanso. 

 

¿Y si un trabajador reclama horas extra?

  • Si son de carácter habitual, la empresa debe acreditar que no existe tal exceso de jornada de manera habitual. 
  • Si son de forma puntual: el empleado debe acreditar todas las horas extra que reclame. 
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