9/10/2025
¿Cuál es su objetivo?
Incentivar las acciones de promoción internacional en el ámbito digital y presencial con el fin de aumentar tus ventas en el exterior.
¿Quiénes son los beneficiari@s?
Las empresas constituidas como sociedad de responsabilidad limitada, sociedad anónima o sociedad cooperativa con establecimiento operativo en Catalunya y que cumplan los siguientes requisitos:
- Facturación mínima de 500.000,00 euros en el último ejercicio cerrado.
- Disponer de la página web de la empresa en al menos un idioma extranjero.
- Contar con un plan de promoción internacional (en adelante, PPI) actual, elaborado a partir de 2023, que contenga la información del modelo disponible en la web de ACCIÓ.
¿Qué gastos son subvencionables?
Gastos de promoción digital:
- Desarrollo web y/o e-commerce y creación de contenidos para el acceso a nuevos mercados.
- Acciones del plan de marketing digital y campañas publicitarias internacionales.
- Participación en Marketplace: Gastos de inscripción y publicidad en los mismos. Contratación de agencias especializadas para gestionar y optimizar la presencia en marketplaces: estudio de viabilidad para analizar los más adecuados, alta y gestión inicial de la cuenta, formación en los mercados electrónicos y otros servicios a medida (B2B o B2C).
Gastos de promoción física:
- Participación en actos de promoción: ferias, congresos, exposiciones, promoción en puntos de venta, degustaciones, seminarios, etc: Gastos vinculados a la organización del evento (alquiler, mobiliario, decoración, intérpretes, etc.). No se subvencionan la realización de agendas de contactos ni las actividades ya subvencionadas por ACCIÓ u otros organismos (ICEX, etc.). Coste de la entrada, si se asiste como visitante (1 entrada por empresa y por acto). Otros relacionados con la promoción digital.
- Gastos vinculados al proceso de certificación, homologación y registro de marca para la comercialización internacional de productos, excepto tasas.
Gastos de realización del informe de justificación de la ayuda por parte de un auditor de cuentas (coste subvencionable máximo de 1.000 €).
¿Cuál es la cuantía de las subvenciones?
Como máximo del 50% del gasto subvencionable aceptado correspondiente a la promoción digital y física, y del 100% para el gasto relativo a la realización, por parte de un auditor de cuentas, del informe de justificación.
El importe máximo total será́ de 30.000,00 euros.
¿Cuál es el plazo para presentar la solicitud?
De las 09:00 horas del 9 de septiembre de 2025 hasta las 14:00 horas del día 1 de octubre de 2025.
El procedimiento de concesión será por concurrencia competitiva.
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