Subvenciones para la transformación digital del comercio y de la restauración de la ciudad de Barcelona

Ya puedes solicitar las subvenciones para dar a tu negocio un impulso decisivo hacia la digitalización. Si te dedicas a la venta al por menor, tienes un establecimiento comercial o de restauración, puedes conseguir un hasta 3.500€ para tu proyecto.

¿Quién puede pedir estas subvenciones?

Los beneficiarios serán exclusivamente:

1. Establecimientos comerciales individuales de venta al por menor

2. Establecimientos comerciales individuales que presten alguno de los siguientes servicios: talleres y servicios de reparaciones mecánicos, servicios fotográficos y audiovisuales, copisterías y artes gráficas, servicios de reparaciones, agencias de viajes detallistas, tintorerías y lavanderías, peluquerías, salones de estética y belleza, servicio de comida preparada y cáterin, bares y restaurantes, así como clínicas veterinarias con tienda física.

3. Paradas de mercados municipales. Quedan excluidos el resto de los establecimientos comerciales colectivos de venta al por menor, como son los centros comerciales, las galerías comerciales o los recintos comerciales.

Estos establecimientos comerciales y de restauración tendrán que disponer de local comercial situado en la planta baja y/o a pie de calle en trama urbana en la ciudad de Barcelona.

¿Qué gastos se pueden subvencionar?

Acciones de digitalización que se lleven a cabo, enmarcadas dentro de una única modalidad, que contemplará la realización de alguna o algunas de las siguientes:

1. Estrategia de negocio

  • Elaboración de planes de negocio y transformación digital
  • Elaboración de planes de marketing y comunicación digital

2. Comunicación digital

  • Creación de contenidos digitales
  • Gestión y publicación de contenidos en Internet: web y noticias (blog), redes sociales (community manager), boletines de noticias (newsletters)

3.     Marketing digital

  • Publicitado en buscadores (SEM, Display, etc.)
  • Posicionamiento en buscadores (SEO)
  • Publicidad en redes sociales (Social Ads)
  • Boletines de noticias (newsletters)
  • Analítica web y de redes sociales

4.     Canales de venta en línea y omnicanal

4.1 Canal de venta en línea propio

  • Implementación de web de venta en línea (e-commerce)
  • Implementación de aplicación de venta en línea (m-commerce)
  • Digitalización, gestión y publicación de catálogos de productos
  • Integración con operadores de logística y distribución, pasarelas de pago, sistemas de información del establecimiento (gestión de clientes, terminal punto de venta, gestión de almacén y otros)
  • Integración del e-commerce con Google Shopping, Facebook e instagram.

4.2 Canal de venta en línea a través de plataformas existentes (Marketplaces, Apps y otros):

  • Suscripción a plataformas de venta en línea
  • Gestión y publicación de catálogos en plataformas de venta en línea

No son gastos subvencionables:

  • Los impuestos indirectos (IVA y otros) ni los impuestos sobre la renta (IRPF), la compra, alquiler, renting o leasing de HARDWARE.

¿Cuál es el importe de la ayuda?

La cuantía de la subvención será del 50% del coste de proyecto, con un importe máximo de 3.500,00€ por sol· licitud.

Otras observaciones que debes tener en cuenta:

  • Las subvenciones se otorgarán por orden cronológico de registro y hasta agotar la partida presupuestaria.
  • Los servicios se tendrán que haber recibido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023 y las facturas deberán tener fecha comprendida en este mismo periodo.
  • Se considerarán gastos subvencionables únicamente los trabajos realizados por otras empresas o profesionales.

Plazo de solicitud:

Del 7 de marzo al 3 de abril de 2023, ambos incluidos.

Plan de recuperación, transformación y resiliencia
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