5/30/2023
¿Cuál es el objetivo?
Apoyar al mantenimiento y preservación de los comercios con valor histórico o a los establecimientos emblemáticos.
Se considerarán comercio con valor histórico o establecimiento emblemático aquel establecimiento comercial que ha ejercido la actividad comercial, incluida la de carácter artesanal, durante más de ciento años en un mismo local o lugar, y que se ha dedicado a la venta de productos artesanales, tradicionales o singulares, tal como determina la Ley 18/20017 de 1 de Agosto de comercio, servicios y ferias.
¿Quién puede pedir las ayudas?
Los profesionales autónomos y empresas titulares de establecimientos de comercio, situados a pie de calle, que según la Ley 18/20017 de 1 de Agosto de comercio, servicios y ferias, tengan la consideración de comercio con valor histórico o establecimiento emblemático.
Requisitos:
- La empresa beneficiaria debe tener como mínimo un establecimiento a pie de calle en Cataluña.
- La inversión mínima subvencionable debe ser de 3.000 euros.
- Este programa es incompatible con el Programa 4 de apoyo para la apertura de comercios, de apoyo a la reforma y mejora de establecimientos y de apoyo a las paradas de los mercados de venta no sedentaria.
¿Qué acciones son subvencionables?
Cualquier gasto de inversión para el mantenimiento y mejora de los establecimientos.
Cuantía de la subvención:
Hasta el 50% de los gastos subvencionables con un máximo de 25.000 euros.
Plazo solicitud:
Fecha pendiente de publicación.