9/10/2025
¿Cuál es su objetivo?
El objetivo principal de esta orden es regular la concesión de ayudas destinadas a:
- Reindustrialización: Reactivar o continuar actividades en centros productivos afectados por cierres o deslocalizaciones. Esto incluye proyectos donde se hayan presentado expedientes de regulación de empleo y se haya constituido una comisión de trabajo para buscar alternativas de reindustrialización.
- Mantenimiento de actividad industrial en dificultad: Apoyo a la adquisición de empresas en concurso de acreedores o en situaciones de dificultad, priorizando proyectos que conserven empleos y actividad industrial.
Los proyectos deben demostrar viabilidad económica y social, buscando mitigar los impactos territoriales y económicos de los cierres industriales.
¿Quiénes son los beneficiarios?
- Empresas industriales que operen en Catalunya o que sean de nueva implantación, cuyo proyecto esté clasificado bajo los códigos CCAE 10, 11, o del 13 al 32, y el 38.
No podrán ser beneficiarias:
- Personas físicas (autónom@s).
- Fundaciones y asociaciones.
¿Cuáles son los requisitos?
- Contar con al menos el 50% del proyecto financiado (propios o mediante financiación externa).
- Presentar un plan de negocio que demuestre la viabilidad económica, incluyendo análisis de clientes, proveedores y competidores.
- Acreditar la compatibilidad urbanística del proyecto y el impacto en términos de empleo.
- Mantener los empleos creados durante un mínimo de 2 a 3 años, dependiendo del tipo de proyecto.
¿Cuál es la cuantía de las ayudas?
Para proyectos de reindustrialización:
- Hasta 2.250.000€ por proyecto.
- Subvención del 25% del valor de los activos fijos adquiridos y 7.500 € por empleo conservado.
Para proyectos de mantenimiento de actividad:
- Hasta 350.000€ por proyecto.
- Subvención del 30% del valor de los activos productivos adquiridos y 7.500 € por empleo subrogado.
En ningún caso las ayudas podrán exceder los costes totales del proyecto, y los beneficiarios deben asumir el resto de los gastos.
¿Qué gastos son objeto de ayuda?
- Inversión en activos fijos (máquinas, instalaciones, etc.) necesarios para la actividad productiva.
- Costes laborales relacionados con los empleos generados o mantenidos.
- Adecuación de espacios e instalaciones necesarias para reiniciar la actividad.
¿Está permitida la subcontratación?
Permitida hasta un 50% del importe de la ayuda, siempre que:
- Las actividades contratadas sean esenciales para el proyecto.
- Los contratos superiores a 60.000 € se formalicen por escrito y sean autorizados previamente.
¿Cuál es el plazo para presentar la solicitud?
Comienza a las 9:00 horas del 8 de enero de 2025 y finaliza a las 14h del 1 de octubre de 2025. El proceso de concesión se realiza mediante concurrencia no competitiva.
¿Cuál es el periodo de ejecución?
- Los proyectos subvencionables deben haberse iniciado hasta 3 meses antes de la solicitud y podrán ejecutarse hasta 24 meses después de su presentación.
- Este plazo debe ajustarse a la normativa de ayudas de la Unión Europea.
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