SMI y cotización de empleadas del hogar a partir del 1 de septiembre

El Salario Mínimo Interprofesional, ha sido aprobado recientemente por el Gobierno de España y por tanto se ha fijado, con fecha 01 de septiembre de 2021, en una cuantía de 965 euros mensuales, con dos pagas extras del mismo importe.

Para que estas cumplan con los requisitos del SMI, aquellas empleadas del hogar que se encuentren en jornada completa deberán encontrarse dentro de los 1125,83 euros mensuales si tienen la paga extra prorrateada, mientras que las trabajadoras en jornada parcial deberán hacerlo teniendo en cuenta los 7,55 euros la hora.

Serán los empleadores en nombre propio o con representación del autorizado RED quienes comunicarán esta modificación a través de la SEDE electrónica de la Seguridad Social, antes del 30 de septiembre de 2021. En caso de no disponer de certificado digital se deberá cumplimentar y proceder al envío del formulario disponible en la página web del ministerio de trabajo de España.

En caso de que no se realice esta variación la Inspección de trabajo puede sancionar al empleador en base al Art. 8.1. de la Ley sobre infracciones y sanciones del orden social, que regula las infracciones muy graves, como es el caso del impago del salario debido (mínimo el SMI garantizado), con multas de mínimo 6.251 euros hasta la máxima pena que se establece en 187.515 euros.

 

Cotización a partir del 1 de septiembre de 2021:
Te detallamos la tabla de cotización que entra en vigor a partir del 1 de enero del 2019: (esperando actualización por Real Decreto)

Para ampliar la información i obtener asesoramiento, no dudes en ponerte en contacto con TAX Economistas y Abogados.

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