1/25/2021
La situación respecto al consumo de paro en los ERTE queda actualmente de este modo:
- Si el trabajador, antes del 1 de enero de 2022, ve terminado su contrato temporal, o sufre un despido individual o colectivo por causas objetivas, o un despido improcedente y pide el paro, en esos casos no se le descontarán de sus cotizaciones por desempleo acumuladas las que hubiera consumido por la prestación por ERTE.
- En sentido contrario, los trabajadores que pidan el paro contributivo a partir del 1 de enero de 2022 y hasta el 1 de octubre de 2026, se verán afectados por el descuento de las prestaciones que hayan estado cobrando del ERTE desde del 1 de octubre de 2020, que es cuando terminó la medida de gracia de que “los ERTE no consumen paro”.
El SEPE reconoce que las prestaciones por ERTE COVID 19 consumen paro desde el 1 de octubre de 2020, siempre en prestaciones que se soliciten antes del 1 de octubre de 2026 y con la siguiente excepción: durante todo el año actual 2021, si el trabajador solicita el paro como consecuencia de fin de contrato temporal, o despido individual o colectivo por causas objetivas, o despido improcedente, tampoco se tendrá en cuenta el paro consumido al cobrar el ERTE.