Si uso un Excel o Word para emitir mis facturas, ¿lo puedo seguir usando a partir de 2026?

Según las FAQS de la Agencia Tributaria, si utilizas un Excel o Word para emitir tus facturas, lo podrás seguir utilizando en 2026, siempre y cuando no se considere un SIF, es decir, un sistema informático de facturación. ¿Y qué quiere decir esto? Vamos a verlo

 

¿Cuándo un Excel o Word NO se considera un SIF?

Muchas empresas, principalmente autónom@s utilizan un Excel o Word como plantilla para hacer sus facturas, en el que básicamente editan una factura “modelo” y la guardan en PDF cada vez y se la mandan a su cliente; no hacen sumatorios globales ni listados automáticos y no usan vínculos, macros ni bases de datos.

 

Esto NO se consideraría un SIF (Sistema Informático de Facturación) y por lo tanto, en 2026, lo podrías seguir utilizando porque no hay base de datos de facturas, ni automatizaciones, ni registros.

 

¿Cuándo Excel o Word SÍ se considera un SIF?

Si lo usas como una aplicación ofimática: un libro con varias hojas como facturas, numeración y fechas que se generan automáticamente, sumatorios que alimentan resúmenes de IVA/IRPF, listados de clientes, macros o vínculos entre hojas. Por ejemplo: hay numeración automática, control de series o clientes o dependes de macros o formularios para gestionar facturas.

 

En este caso, SI que se considera un SIF (podríamos decir que es un Excel o Word avanzado) y por lo tanto en 2026 no podrás seguir utilizando este sistema para emitir las facturas de tu empresa.

 

Un Excel “avanzado” tal cual es incompatible con la normativa de Ley Antifraude, salvo que lo adaptes para generar esos registros técnicos y asegurar inalterabilidad, consecutividad y resto de requisitos que solicita esta ley por lo que deberás buscarte un software para emitir tus facturas que cumpla con estos requisitos técnicos a los que obliga la Ley Antifraude. Y recuerda solicitar a este proveedor la declaración responsable que acredite que es un software homologado por la Agencia Tributaria.

 

Nuestra recomendación TAX

Si emites pocas facturas y solo necesitas PDFs, tu plantilla es suficiente y puedes seguir como hasta ahora, pero la Agencia Tributaria seguramente más temprano que tarde obligará a facturar con un programa que cumpla con la normativa y por esto, te recomendamos que utilices la herramienta gratuita de la Agencia Tributaria (https://www.tax.es/es/publicada-la-aplicacion-gratuita-de-facturacion-de-la-aeat-para-poder-emitir-tus-facturas-con-un-programa-homologado) o busques una alternativa en el mercado, como puede ser la que te ofrecemos desde TAX: FACTURATAX.

 

Recuerda que…

La Ley Antifraude obliga a las empresas y autónom@s a utilizar un software homologado por la Agencia Tributaria para emitir sus facturas:

  • Enero de 2026: obligación para sociedades
  • Julio de 2026: obligación para autónom@s

 

Es opcional, puedes escoger, si vas o NO a VERIFACTU. VERIFACTU es el envío automático de tus facturas a la Agencia Tributaria cuando las emitas. Aquí, de momento puedes escoger si vas o NO a VERIFACTU. Nuestra recomendación TAX, y es sólo intuición, que la Agencia Tributaria va a incluir en sus planes de Inspección las empresas que escojan no ir a VERIFACTU.

 

Para cualquier duda, el equipo de TAX Economistas y Abogados quedamos a tu disposición

 

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