6/26/2024
Si no estás obligado a presentar la declaración de la renta, la falta de presentación no tendrá ninguna consecuencia. Pero si estás obligado te sancionarán, incluso si el resultado es a devolver.
Con resultado a devolver o cero
La presentación fuera de plazo puede llevar una sanción de 100 euros si se hace de forma voluntaria sin requerimiento previo de la Administración Tributaria. Si por el contrario la presentación fuera de plazo se realiza debido a una notificación de Hacienda la sanción es de 200 euros, que se puede quedar en 120 euros si la aceptas y no recurres.
Con resultado a ingresar
Si la declaración es a ingresar y la presentas fuera de plazo de forma voluntaria sin requerimiento previo de Hacienda, recibirás en respuesta una notificación exigiéndote el pago de un recargo por declaración extemporánea, un porcentaje del resultado de la declaración que dependerá del retraso en la presentación:
Retraso
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Recargo
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Hasta 1 mes
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1%
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Desde 1 mes y un día hasta 2 meses
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2%
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Desde 2 meses y un día hasta 3 meses
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3%
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Desde 3 meses y un día hasta 4 meses
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4%
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Desde 4 meses y un día hasta 5 meses
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5%
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Desde 5 meses y un día hasta 6 meses
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6%
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Desde 6 meses y un día hasta 7 meses
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7%
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Desde 7 meses y un día hasta 8 meses
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8%
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Desde 8 meses y un día hasta 9 meses
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9%
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Desde 9 meses y un día hasta 10 meses
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10%
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Desde 10 meses y un día hasta 11 meses
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11%
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Desde 11 meses y un día hasta 12 meses
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12%
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12 meses y un día en adelante
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15% + intereses de demora
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Estos recargos podrán verse reducidos en un 25%, de acuerdo con el artículo 27.5 de la Ley General Tributaria, siempre que se realice el ingreso en los plazos indicados en la notificación con la liquidación provisional recibida.
Ahora bien, si te esperas tanto que es la Administración tributaria la que te notifica en primer lugar por no haber presentado la declaración de la renta en plazo, la sanción consistirá en una multa del 50% al 150% del resultado de la declaración, en función de la graduación de la infracción:
Características
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Graduación
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Sanción
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La base de la sanción no supera los 3.000 euros o siendo superior no existe ocultación
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Leve
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50%
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- base de la sanción es superior a 3.000 euros y existe ocultación.
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Grave
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Del 50% al 100%
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- han utilizado medios fraudulentos.
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Muy grave
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Del 100% al 150%
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Además, si presentas la declaración de forma incompleta, incorrecta o con datos falsos, se añadirán más infracciones que ocasionarán una sanción final mucho mayor.
Plazo de prescripción en materia tributaria
El plazo de prescripción en materia tributaria es de cuatro años, contados desde el día en que se presentó la liquidación o del momento en que debió presentarse. Así, por la declaración de la renta de 2023 no presentada, cuyo plazo termina el 1 de julio de 2024, la Administración tributaria tiene hasta el 1 de julio de 2028 para reclamar el pago de su resultado y de las sanciones correspondientes.
Novedad 2024 para autónom@s
Te recordamos que este año, si eres autónom@, estás obligado a presentar la declaración de la renta.
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