Se abre la convocatoria de ayudas destinadas a impulsar start-ups en fase inicial (Cataluña)

Se abre la convocatoria de subvenciones destinadas a incentivar el crecimiento en fases iniciales de start-ups tecnológicas (empresas emergentes con tecnología propia). Es una ayuda para desarrollar su producto o servicio, validar el modelo de negocio para llegar al mercado y facilitar la captación de primeras inversiones para start-ups de alto potencial de crecimiento.

 

Beneficiarios:
Start-ups tecnológicas entendidas como empresas con ánimo de lucro, tecnología propia y establecimiento operativo en Cataluña que cumplan:

  • Ser creadas entre el 10/06/2021 y, como máximo, 18 meses antes de la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.
  • Tener personalidad jurídica propia, independiente de la de sus socios fundadores. No se consideran beneficiarios los empresarios individuales.
  • Que el equipo fundador sean emprendedores -no empresas o instituciones- y que estos tengan la mayoría del capital de la empresa (mínimo 51%).
  • La financiación previa total recibida por la start-up (en todas las fórmulas) hasta la fecha de la solicitud tiene que ser inferior a 250.000 €.

 

¿Cuáles son los requisitos?
Las actuaciones subvencionables tendrán que:

  • Desarrollar un producto, servicio o modelo de negocio claramente innovador y tener un alto potencial de crecimiento.
  • Ser aquellas actuaciones contenidas en el plan de empresa explicado en la memoria de solicitud y que sean necesarias para su desarrollo.

 

¿Qué gastos son subvencionables?
El total de los gastos de las actuaciones objeto de la ayuda tendrán que tener un coste subvencionable aceptado mínimo de 100.000,00 €.
Los gastos elegibles serán actuaciones contenidas en el plan de empresa presentado en la memoria de solicitud y que sean necesarias para su desarrollo, y en concreto:

  • El personal dedicado al proyecto.
  • La contratación de servicios a terceros.
  • Otros gastos que se consideren necesarios y relevantes por el desarrollo del proyecto y se pueda argumentar (como alquiler de espacios, gastos de solicitud y/o mantenimiento de patentes, y otros gastos asociados a la ejecución del plan de negocio).
  • Costes indirectos, se podrá imputar en concepto de gasto indirecto, un 7% de los gastos directos de personal subvencionables.

 

¿Cuál es el importe de la ayuda?
Hasta el 74% del gasto subvencionable, con un máximo 74.000 euros.

 

¿Cuál es el periodo de presentación de la solicitud?
Desde el 22 de junio al 28 de julio de 2021.


¿Cómo se tiene que presentar la solicitud?
A través de la web de Canal Empresa.

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