Regularización de las cotizaciones mensuales de los autónom@s durante el año 2023

Durante el segundo semestre de 2024, la Tesorería General de la Seguridad Social realizará la regularización de las cotizaciones mensuales efectuadas por cada autónom@ durante el año 2023 una vez éstos hayan declarado ante Hacienda el importe de los rendimientos netos obtenidos durante el ejercicio.

 

¿Qué supuestos existen?

  • La base de cotización efectuada en 2023 se encuentra entre la mínima y la máxima del tramo de rendimientos netos que corresponde: no procede regularización y la base de cotización es correcta.
  • La base de cotización efectuada en 2023 es inferior a la mínima del tramo de rendimientos netos que corresponde: la base de cotización correcta será la mínima de ese tramo y el autónom@ deberá abonar las diferencias de cotización generadas en el plazo del último día del mes siguiente al que la TGSS le notifique el resultado de la regularización. No se aplicará interés de demora ni recargo si se abona en ese plazo.
  • La base de cotización efectuada en 2023 es superior a la máxima del tramo de rendimientos netos que corresponde: la base de cotización correcta será la máxima de ese tramo y la TGSS deberá devolver de oficio al autónom@ la diferencia entre ambas cotizaciones antes del 31 de mayo de 2025. Si el alta al RETA es anterior al 2 de enero de 2023, es posible renunciar al cobro de estas diferencias y mantener la base de cotización superior.

 

¿Cuándo se puede modificar la base de cotización?

Puedes modificarla hasta el 30 de junio y ajustar la cuota a tus ingresos reales. Esta modificación tendrá efectos a partir del 1 de julio de 2024.

 

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