Recordatorio obligaciones de presentación en relación con los bienes situados en el extranjero

Te recordamos que entre el día 1 de enero y el 31 de marzo deben presentarse las siguientes declaraciones: formulario ETE al Banco de España, declaración Modelo D-6 al Ministerio de Economía y Competitividad y Modelo 720 a la Agencia Tributaria.

Formulario ETE (Encuestas de Transacciones Exteriores)

¿Quién está obligado?

Están obligadas a presentar este formulario las personas físicas y jurídicas residentes en España que realicen transacciones económicas con el exterior o que tengan activos o pasivos situados en el extranjero, siempre que se supere el umbral de 1.000.000 de euros.

¿Cuál es el plazo de presentación?

El plazo de presentación finaliza el próximo 20 de enero de 2022.

 

Modelo D-6 (Declaración de valores depositados en el extranjero)

¿Quién está obligado?

Están obligadas las personas físicas y jurídicas residentes en España que dispongan de valores depositados en el extranjero en empresas que cotizan en bolsa de valores o mercados organizados. Se debe presentar en cualquiera de los casos, ya que no establece un importe mínimo para quedar obligado a presentarlo.

¿Cuál es el plazo de presentación?

El plazo de presentación del Modelo D-6 finaliza el próximo 31 de enero de 2022.

NOVEDAD:

El 17 de diciembre de 2021 se publicó la modificación del artículo 47 de la Orden de 28 de mayo de 2001. A diferencia de lo que disponía la versión anterior, la regulación actual establece que los únicos obligados a presentar la declaración D-6 son las personas físicas y jurídicas residentes en territorio español, cuando su participación sea igual o superior al 10% del capital, o de los derechos de voto, de la sociedad en la que se mantiene la inversión.

 

Modelo 720

¿Quién está obligado?

Están obligados a presentar el Modelo 720 los contribuyentes residentes fiscales en España que sean titulares de bienes y derechos en el extranjero.

Para el ejercicio 2020, la declaración será obligatoria cuando:

  • Los importes declarados anteriormente hayan experimentado un incremento superior a 20.000€.
  • Se supere por primera vez el umbral de los 50.000€ en alguna de las categorías de bienes (cuentas, valores, bienes inmuebles).
  • Se extinga la titularidad de un bien o derecho que fuera objeto de información en una declaración anterior.

¿Cuál es el plazo de presentación?

El plazo de presentación del Modelo 720 finaliza el próximo 31 de marzo de 2022. 

Plan de recuperación, transformación y resiliencia
  Top