5/19/2021
Las multas a las que se pueden enfrentar las empresas que no cumplan con su obligación de tener un Plan de Igualdad varían de los 626€ a los 187.515€. Además, esa cuantía se podría multiplicar más aún cuando la autoridad laboral ya haya advertido a la empresa de la obligación de disponer de Plan. Si se diera este caso, las multas oscilan entre los 6.251 y los 187.515 euros.
Al contrario de lo que puede pensarse, las sanciones a las que puede dar lugar el no cumplimiento en materia de igualdad no solo son económicas. Sí que es cierto que la sanción económica es la más conocida, pero no la única. De incumplirse la normativa en materia de igualdad, el empresario podría perder automáticamente, con efectos desde la fecha en la que se cometió la infracción, los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo y la exclusión automática del acceso a dichos beneficios durante seis meses.
¿Para qué empresas es obligatorio tener un plan de igualdad?
- Desde 2007, es obligatorio para las empresas de más de 250 personas trabajadoras.
- A partir del 7 de marzo de 2020 es obligatorio para las empresas con más de 150 y hasta 250 personas trabajadoras.
- Desde el 7 de marzo de 2021 es obligatorio para las empresas con más de 100 y hasta 150 personas trabajadoras.
- El 7 de marzo de 2022 es obligatorio para las empresas con más de 50 personas trabajadoras.
¿Pero que es un plan de igualdad?
El plan de igualdad es un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.
El diagnóstico previo al plan es el análisis que permitirá detectar aspectos o ámbitos en los que puedan estar produciéndose situaciones de desigualdad o discriminación y sobre los que deberá actuar el plan de igualdad.
Si necesita información sin compromiso de cómo implantar un plan de igualdad, en TAX te ayudamos.
Te recordamos que:
Desde el 14 de abril las empresas están obligadas a llevar un registro salarial por sexos según lo establecido en el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres. Este registro se debe hacer independientemente del nº de empleados que tenga.
- Vídeo resumen Plan de Igualdad y Registro Salarial.