3/20/2024
El 1 de abril de 2024 finaliza el plazo para presentar la declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero, correspondiente al ejercicio 2023, a través del modelo 721.
¿Qué información debes presentar en el modelo 721?
En la declaración hay que detallar aquellas monedas virtuales situadas en el extranjero cuando el saldo conjunto a 31 de diciembre de todas las monedas virtuales es superior a 50.000 euros.
Sólo debe identificar las monedas virtuales custodiadas por empresas no establecidas en España.
¿Qué sanciones puedes tener por no presentar en plazo el modelo 721?
La sanción mínima es de 150 euros si se hace de forma voluntaria sin requerimiento previo de la Administración Tributaria, a razón de 10 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a una misma persona o entidad que se tuvieran que informar, con un máximo de 10.000 euros.
Si la presentación fuera de plazo se realiza debido a una notificación de Hacienda, la sanción oscilará entre un mínimo de 300 euros y un máximo de 20.000 euros, a razón de 20 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a una misma persona o entidad que se tuvieran que informar.
Si presentas el modelo 721 de forma incompleta o con errores en magnitudes NO monetarias:
Puede suponer una sanción de 200 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a una misma persona o entidad que se hubiera omitido o fuera erróneo, siempre que se trate de datos no expresados en magnitudes monetarias, como la identificación de las entidades de salvaguarda de las monedas virtuales.
No obstante, si se subsana el error antes de que se produzca un requerimiento de la Administración Tributaria, no se aplicará sanción si la subsanación se presenta antes de terminar el plazo de declaración. Si se subsana fuera de plazo se aplicarán las sanciones indicadas por no presentar en tiempo y forma, manifiestamente inferiores a las correspondientes si es la Administración quien se da cuenta primero.
Y si presentas el modelo 721 de forma incompleta o con errores en magnitudes monetarias:
Puedes tener una sanción mínima de 500 euros que se puede elevar hasta el 2% de las cuantías no declaradas o declaradas incorrectamente si suponen más del 75% de las operaciones que debieron declararse.
No obstante, igual que en el caso anterior, si se subsana el error antes de que se produzca un requerimiento de la Administración Tributaria, la sanción a aplicar será la correspondiente a la infracción por presentación fuera de plazo o incluso ninguna si la subsanación se realiza antes de finalizar el periodo de declaración.
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