¿Qué regula la Ley de vivienda y qué novedades trae?

La Ley por el Derecho a la Vivienda desarrolla el derecho recogido en la Constitución a una vivienda digna, con medidas como el límite al precio del alquiler o el impulso de las viviendas públicas. Se recoge en el BOE como la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el Derecho a la Vivienda.

¿Qué novedades incorpora?

Límites al precio del alquiler:

Para contener la subida de los precios del alquiler, se ha creado un Sistema Estatal de Referencia del Precio del Alquiler de Vivienda y se contempla una serie de medidas:

  • Beneficios fiscales para los arrendadores que faciliten el acceso asequible al alquiler.
  • Declaración de zonas de mercado residencial tensionado durante un período de 3 años.
  • Incremento máximo anual del 3% del alquiler en los contratos vigentes durante 2024. A partir de 2025, se introducirá un nuevo índice de referencia.

En las zonas tensionadas:

  • Los grandes propietarios no podrán firmar nuevos alquileres con precios superiores al del Índice de Referencia.
  • Para los pequeños propietarios, los incrementos en nuevos contratos solo podrán ser del porcentaje de actualización anual permitido sobre el precio del anterior contrato.
  • Se introduce la posibilidad de prórroga extraordinaria para el arrendatario tras la finalización.

Nuevo impulso de la vivienda pública:

  • Regulación de los parques públicos de vivienda.
  • Calificación indefinida de la vivienda protegida para garantizar un periodo de, al menos, 30 años.
  • Porcentaje mínimo del 50% para vivienda en alquiler dentro del suelo de reserva para vivienda protegida e incremento de los porcentajes de reserva de suelo para vivienda protegida.
  • Elaboración y mantenimiento de un inventario del parque público de vivienda.

Mayor equilibrio en las relaciones entre arrendador y arrendatario:

  • Prórroga extraordinaria de un año en los contratos de arrendamiento por situaciones acreditadas de vulnerabilidad.
  • Gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato a cargo del arrendador.

Protección contra desahucios:

  • Mejoras para una atención rápida a las personas en situación de vulnerabilidad.
  • Soluciones habitacionales para los afectados y ampliación de los plazos de suspensión de los lanzamientos.
  • Si es gran propietario y la demanda de desahucio afecta a personas vulnerables, deberá acreditarse la aplicación de un procedimiento de conciliación o intermediación.

Redefinición de gran propietario y vivienda vacía:

  • Gran tenedor: titulares de más de 10 inmuebles (5 o más si así lo solicita la comunidad autónoma).
  • Vivienda vacía: viviendas que lleven vacías más de 2 años, y siempre que el propietario tenga un mínimo de 4 viviendas en esta situación.

¿Necesitas asesoramiento legal?

En TAX Legal podemos ayudarte. Contáctanos.  

 

Plan de recuperación, transformación y resiliencia
  Top