¿Qué es la LOPIVI y debo tener en mi empresa un protocolo de protección a la infancia?

En junio de 2021 se aprobó la Ley de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia Frente a la Violencia (LOPIVI): una ley que busca combatir la violencia infantil y adolescente fomentando la sensibilización, prevención, detección, protección y reparación de las víctimas. La ley tiene por objeto garantizar los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes a su integridad física, psíquica, psicológica y moral frente a cualquier forma de violencia, asegurando el libre desarrollo de su personalidad y estableciendo medidas de protección integral, que incluyan la sensibilización.

¿Qué empresas deben tener un protocolo de protección a la infancia y adolescencia?

Todas aquellas empresas y organizaciones que tengan trato con niños y adolescentes, como por ejemplo: escuelas de actividades extraescolares, empresas de comedores escolares, etc.

¿Qué debo hacer?

Debes implantar un Protocolo de Seguridad, que es un documento escrito que define una serie de pasos y procedimientos que deben seguirse ante una situación determinada de violencia, al tiempo que señala los responsables de cada acción; todo a fin de cautelar al máximo la integridad física de este colectivo.

¿Existen sanciones por incumplimiento?

Con la normativa se incrementan las exigencias a la hora de proteger a los menores de edad y con ello, las sanciones en su incumplimiento.

Existen diferentes sanciones en materia de sistemas de Protección a la niñez y la adolescencia frente a la violencia:

  • Multas económicas de hasta 225.018€ en el ámbito laboral. Mientras que en el ámbito penal, puede llegar hasta 2.600.000 € o 5 veces el valor del perjuicio causado o del beneficio obtenido ilícitamente.
  • Inhabilitación para poder obtener subvenciones y ayudas públicas, así como de gozar de beneficios fiscales o de la Seguridad Social.
  • Prohibición de contrato en el sector público.
  • Disolución de la empresa u organización.
  • Suspensión de actividades.
  • Clausura de establecimientos o locales.
  • Intervención judicial.
  • Pérdida de ayudas, beneficios y bonificaciones derivados de la aplicación de los programas de empleo.

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