¿Qué es el complemento de maternidad de las pensiones y quién tiene derecho a cobrarlo?

Con fecha 3 de febrero ha sido publicado el Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero, por el que se adoptan medidas para la reducción de la brecha de género con la modificación de este complemento de maternidad de las pensiones. Esta medida tiene el objetivo de reducir la brecha de género en las pensiones, reconociendo a las mujeres ―y también a los hombres en algunos casos— un suplemento en su pensión por cada hijo biológico o adoptado.

 

¿Qué es el complemento de maternidad?
El complemento de maternidad es un suplemento que se reconoce a las nuevas pensionistas para compensar las lagunas de cotización que muchas mujeres sufren tras el nacimiento de los hijos. Aquí tienes las principales medidas aprobadas:

1. Las mujeres que hayan tenido uno o más hijos/as y que sean beneficiarias de una pensión contributiva de jubilación, de incapacidad permanente o de viudedad tendrán derecho a un complemento por cada hijo/a. El derecho al complemento se reconocerá o mantendrá a la mujer siempre que no medie solicitud y reconocimiento del complemento en favor del otro progenitor y si este otro es también mujer, se reconocerá a aquella que perciba pensiones públicas cuya suma sea de menor cuantía. Para que los hombres puedan tener derecho al reconocimiento del complemento deberá concurrir alguno de los siguientes requisitos:

2. El reconocimiento del complemento al segundo progenitor supondrá la extinción del complemento ya reconocido al primer progenitor y producirá efectos económicos el primer día del mes siguiente al de la resolución, siempre que la misma se dicte dentro de los seis meses siguientes a la solicitud o, en su caso, al reconocimiento de la pensión que la cause; pasado este plazo, los efectos se producirán desde el primer día del séptimo mes.

3. Este complemento tendrá a todos los efectos naturaleza jurídica de pensión pública contributiva. El importe del complemento por cada hijo/a, se fijará en la Ley de Presupuestos Generales del Estado

4. No se tendrá derecho a este complemento en los casos de jubilación parcial, pero sí una vez que se acceda a la jubilación total.

5. Este derecho también lo tendrán quienes sean beneficiarias de una pensión de jubilación o retiro de carácter forzoso o por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad o viudedad en el Régimen de Clases Pasivas.

 

¿Qué importe tiene?
El nuevo complemento de maternidad ya no será un porcentaje en función del número de hijos. A partir de ahora será una cuota fija, de 378 euros anuales por descendiente, hasta un máximo de cuatro hijos. Si se divide en 14 mensualidades, asciende a unos 27 euros al mes por hijo. El Ministerio de Seguridad Social estima que la modificación aumentará la pensión media en un 6% y la mínima en un 8% en el caso de dos hijos.

 

¿A quién se reconoce?
Este suplemento se reconoce a todas las mujeres que tengan uno o más hijos y que cobren una pensión (jubilación, incapacidad permanente y viudedad). Con el cambio aprobado este martes también podrán acceder al complemento las madres con una jubilación voluntaria anticipada, que en la anterior redacción no estaba incluida.

El ministerio dirigido por Escrivá calcula que la ampliación del complemento a partir del primer hijo ampliará el número de beneficiarias en unas 30.000. A finales de 2019, había unas 800.000 pensionistas jubiladas a partir de enero de 2016 que estaban cobrando este plus.

 

¿Los hombres pueden acceder a ello?
Sí. El cambio normativo abre la puerta a que también los hombres perciban el complemento de maternidad, pero en su caso el reconocimiento no será automático. Es decir, el padre tendrá que acreditar un perjuicio en su trayectoria laboral tras el nacimiento, si no por defecto se reconocerá a la madre. “El nuevo complemento se concederá al progenitor que acredite un perjuicio en su carrera profesional tras el nacimiento del hijo o hija. Pero si los dos progenitores acreditan el perjuicio o si ninguno de los dos lo hace, el derecho se le reconocerá a la madre, contribuyendo así a la reducción de la brecha de género”, reza una nota del Ministerio de Seguridad Social.

Plan de recuperación, transformación y resiliencia
  Top