¿Puede recuperarse el IVA que se adelantó por un servicio que no se cobró?

Aunque la mayoría de empresas no reclama por desconocimiento, es posible recuperar el IVA. Si eres Pyme, a los 6 meses desde el devengo del impuesto o a los 12 meses (si no lo hiciste antes), y si no eres Pyme, a los 12 meses.

 

¿Qué procedimiento debes seguir?

  • Reclamar al deudor (cualquier requerimiento fehaciente: burofax, judicial, notarial...).
  • Emitir factura rectificativa en los 3 meses siguientes a cumplirse los 6 meses (o 12 meses).
  • Presentar modelo 952 a Hacienda el mes siguiente.
  • Documentar todo.

 

Esto te permitirá recuperar el IVA adelantado, mejorar tu liquidez y reducir el impacto del impagado.

 

¿Qué debes tener en cuenta?

  • Como Pyme tienes DOS oportunidades: a los 6 y a los 12 meses.
  • Desde 2023 cualquier requerimiento fehaciente es válido.
  • Tienes solo 3 meses para rectificar tras cumplirse el plazo.
  • Si pierdes la ventana, pierdes el derecho.

 

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