2/7/2024
Hoy miércoles 7 de febrero el BOE ha publicado el incremento del 5% en el Salario Mínimo Interprofesional para el año 2024.
Este aumento establece el SMI en 1.134€ mensuales, es decir 15.876 € anuales (antes eran 15.120 € anuales). Es importante destacar que estas cifras corresponden al salario bruto distribuido en 14 pagas. En términos de 12 pagas, con las pagas extras prorrateadas, el salario mensual ascenderá a 1.323€.
A tener en cuenta:
- Este incremento del SMI tiene carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2024
- Se ha modificado el límite exento del Impuesto sobre la Renta pasando a ser de 15.876 €
- Personas trabajadoras eventuales, temporeros y temporeras: 53,71 € por jornada
- Para l@s emplead@s del hogar el nuevo salario mínimo se fija en 8,87 € por hora
- No se practicará retención sobre los rendimientos del trabajo cuya cuantía, supere el importe anual establecido en el cuadro siguiente en función del número de hijos y otros descendientes y de la situación del contribuyente:
Situación del contribuyente
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Nº de hijos y otros descendientes
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0
-
Euros
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1
-
Euros
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2 o más
-
Euros
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1ª Contribuyente soltero, viudo, divorciado o separado legalmente.
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-
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17.644
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18.694
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2ª Contribuyente cuyo cónyuge no obtenga rentas superiores a 1.500 euros anuales, excluidas las exentas.
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17.197
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18.130
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19.262
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3ª Otras situaciones
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15.876
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16.342
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16.867
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- Las rentas comprendidas entre los 15.876 €y los 19.747,50 € sufrirán menos retenciones. Cuando el rendimiento neto del trabajo fuera inferior a 19.747,5 €, en las siguientes cuantías:
- Si el rendimiento neto del trabajo es igual o inferior a 14.852 €: 7.302 euros anuales.
- Si el rendimiento neto del trabajo es superior a 14.852 € e igual o inferior a 17.673,52 €: 7.302 € menos el resultado de multiplicar por 1,75 la diferencia entre el rendimiento del trabajo y 14.852 €.