5/27/2025
El pasado sábado 24 de mayo, se publicó este Decreto Ley que vuelve a activar el incremento de la tasa turística.
Por lo tanto, lo que se había derogado vuelve a ser de aplicación.
Publicado en el «Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña» número 9403, de 30 de abril de 2025. Derogado por Acuerdo del Parlamento de Cataluña, publicado en el «Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña» número 9412, de 14 de mayo de 2025.
El Decreto-ley 6/2025, promulgado por el Presidente de la Generalitat de Cataluña, establece medidas urgentes relacionadas con el impuesto sobre estancias en establecimientos turísticos. Su objetivo principal es abordar la emergencia habitacional y fomentar un modelo de turismo sostenible. Busca equilibrar la carga tributaria, garantizar el acceso a vivienda digna y promover un turismo sostenible, alineándose con los objetivos de la Agenda 2030.
Aspectos clave
Incremento de tarifas: Se aumentan las tarifas del impuesto según el tipo de establecimiento y ubicación (Barcelona ciudad y resto de Cataluña).
Tipo de establecimiento
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Tarifa
(en euros)
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Tarifa especial
(en euros)
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Barcelona ciudad
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Resto de Catalunya
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- Hotel de 5 estrellas, gran lujo, camping de lujo y establecimiento o equipamiento de categoría equivalente
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7,00
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6,00
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10,00
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- Hotel de 4 estrellas y 4 estrellas superior, y establecimiento o equipamiento de categoría equivalente
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3,40
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2,40
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7,00
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3. Vivienda de uso turístico
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4,50
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2,00
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-
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4. Resto de campings y resto de establecimientos y equipamientos
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2,00
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1,20
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5,00
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5. Embarcación de crucero
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Más de 12 horas
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4,00
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4,00
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12 horas o menos
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6,00
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6,00
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Distribución de ingresos:
- El 25% de la recaudación se destina a políticas de vivienda de la Generalitat.
- El 75% restante se integra en el Fondo para el Fomento del Turismo, que se distribuye entre municipios, el Consejo General de Arán y el órgano competente en turismo.
Recargos municipales:
- Barcelona puede establecer un recargo de hasta 8 euros por estancia.
- El resto de los municipios pueden aplicar un recargo de hasta 4 euros, priorizando el uso de estos ingresos en políticas de vivienda.
Fondo para el Fomento del Turismo: Los recursos se destinan a proyectos que promuevan la sostenibilidad, la competitividad turística y la mejora de servicios relacionados con el turismo.
¿Cuándo entra en vigor?
El día siguiente a su publicación, con fechas específicas para ciertas disposiciones, como los recargos municipales que serán exigibles a partir de octubre de 2025.
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