Prevención blanqueo de capitales y financiación del terrorismo: deberes y obligaciones en el sector financiero/seguros

Te informamos de las ampliaciones, deberes y obligaciones en materia de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo (PBCyFT) que son de aplicación, a todas las entidades que operan en el sector financiero / seguros, como consecuencia de la Directriz EBA/GL/2022/05 (la Directriz EBA). 

Con el objetivo de aportar mayor rigor, organización y delimitación de funciones y responsabilidades en materia de PBCyFT, la Directriz EBA ha establecido un nuevo marco de funciones y responsabilidades en los niveles organizativos con mayor responsabilidad. Para ello, ha definido un marco detallado de dichas funciones y responsabilidades en este ámbito para los siguientes colectivos: 


Funciones y Responsabilidades del Órgano de Administración 
La Directriz EBA detalla y especifica los ámbitos de responsabilidad (indelegable) en materia de PBCyFT. En este sentido, destaca el detalle en cuanto al deber de conocimiento y aprobación de los riesgos y procedimientos de PBCyFT, responsabilidad en cuanto a seguimiento e información de los informes y situación de cumplimiento de la Entidad y, en particular, del Administrador / Alto Directivo designado como responsable en la materia. 


Funciones y Responsabilidades del Administrador/Alto Directivo responsable de PBCyFT 
Se detallan y amplían las funciones del Administrador / Alto Directivo responsable de PBCyFT (antes Representante ante el SEPBLAC). Se le asignan funciones de gestión, supervisión y control, unido al deber de coordinación y comunicación con el Órgano de Administración y los responsables del cumplimiento operativo. Se establecen los requisitos de idoneidad y nombramiento. 


Funciones y Responsabilidades del Responsable de cumplimiento de la PBCyFT 
La Directriz EBA especifica y detalla un nuevo marco de funciones y responsabilidades englobadas en los siguientes ámbitos: 

  • Requisitos de idoneidad y validez de nombramiento. 
  • Desarrollo, comunicación e información de las evaluaciones de riesgo. 
  • Desarrollo de políticas y procedimientos, incluyendo el deber de supervisión en su aplicación. 
  • Deberes de comunicación e información. 
  • Deber de aprobación operativa clientes de alto riesgo. 
  • Información y coordinación con el Órgano de Administración. 
  • Plan de formación detallado y por capas para la Entidad, seguimiento y validación. 
  • Informes, documentos y Memorias PBC y FT de su responsabilidad. 
  • Ámbitos y requisitos de externalización. 

Requisitos y Consideraciones para los Grupos de Sociedades 
La Directriz establece los requisitos para la implementación de la función de cumplimiento de PBCyFT a nivel de Grupo, contemplando los requisitos generales a dicho nivel y los requisitos de coordinación con los deberes aplicables a cada una de las entidades. 


RECOMENDACIONES Y PLAN DE ACCIÓN 
En virtud de todo lo comentado anteriormente, la estructura y procedimientos de PBCyFT debe contemplar e incorporar los requisitos y detalles de funciones y responsabilidades en los tres niveles de responsabilidad. En este sentido, entendemos que es necesario contemplar el alcance que dicha Directriz tiene en la Entidad y, en particular, las acciones a realizar en los siguientes ámbitos: 

  • Actualización del Manual de PBCyFT. 
  • Actualizar y Comunicar y Formalmente las nuevas funciones y responsabilidades a cada uno de los colectivos. 
  • Realizar la formación específica de la Directriz en los colectivos afectados. 
  • Actualizar los programas y planes de formación. 
  • Establecer los nuevos requisitos de Informes y Documentación. 
  • Contemplar los requisitos de externalización. 
  • Contemplar los requisitos de PBCyFT para Grupos. 
Plan de recuperación, transformación y resiliencia
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