Podrás desgravarte en la Renta más de una obra en tu vivienda si reduces el consumo energético

La Dirección General de Tributos permite que los contribuyentes que ya han hecho obras para mejorar la eficiencia energética de sus viviendas y han deducido su coste en el IRPF, puedan volver a aplicar esta ventaja fiscal en la Renta de otro ejercicio si hacen nuevas reformas en el inmueble.

Tributos, en una consulta de este 19 de septiembre, responde así a un contribuyente que en 2023 hizo obras de mejora energética en su vivienda y se las dedujo en la Renta y, posteriormente, en 2024, volvió a hacer nuevas obras.

Un cambio temporal (acaba a cierre de diciembre de este año) en la Ley del IRPF permite a los contribuyentes que realicen obras que reduzcan un 7% el consumo de energía, minoren en el IRPF hasta el 20% del coste de la obra, siempre que esta deducción no supere los 5.000 euros. Por ejemplo, si se gastó 4.000 euros en una obra, podrá desgravarse el 20%, 800 euros. No obstante, si recibió ayudas o subvenciones públicas para esta obra, por ejemplo, de un importe de mil euros, no debe tenerse en cuenta esa cantidad para la deducción. De modo que, de una obra de 4.000 euros, el coste real para el contribuyente sería de 3.000 euros, del que se podría minorar el 20%, es decir, 600 euros.

Si la reforma logra una reducción del consumo energético del 30%, la deducción puede llegar hasta el 40% del coste de la obra, por un límite de 7.500 euros.

 

¿Cómo debes demostrar la mejora del consumo?

Deberás tener el certificado energético expedido por el técnico competente. No obstante, en el caso de una segunda obra, el certificado que se debe presentar es el emitido después de la realización de la primera.

 

¿Dónde se puede aplicar esta deducción?

A las mejoras en la vivienda habitual o que se alquile como habitual, pero no para otras zonas como jardines o garajes, ni para partes de la casa que se utilicen para una actividad económica, como despachos o consultas.

 

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