Plan de Control Tributario y Aduanero 2023

¿En qué consiste el Plan de Control Tributario y Aduanero?
Está formado por directrices generales que contienen una referencia concreta a las líneas de actuación de prevención y control del fraude que se consideran más relevantes. Constituyen un mecanismo de refuerzo y consolidación de las actuaciones desarrolladas ya en años anteriores, a la vez que incorporan otras nuevas adaptadas al contexto económico-social y normativo en el que la Agencia Tributaria desarrolla su actividad habitual, garantizando la continuidad y la uniformidad de las tareas habituales de comprobación e investigación del fraude que desarrolla con generalidad.


Las directrices del plan giran en torno a cinco grandes pilares:

  • Información y asistencia.
  • Prevención de los incumplimientos. El fomento del cumplimiento voluntario y prevención del fraude.
  • La investigación y las actuaciones de comprobación del fraude tributario y aduanero.
  • El control del fraude en fase recaudatoria.
  • La colaboración entre la Agencia Tributaria y las Administraciones tributarias de las Comunidades Autónomas

¿Qué novedades y objetivos se incorporan en 2023?

  • La implantación de un nuevo modelo de información y asistencia, que integra todos los canales existentes mediante la vertebración de una coordinación entre los servicios de asistencia presenciales y telefónicos, diseminados por todo el territorio nacional, con las Administraciones de asistencia Digital Integral, que pasan a prestar, no únicamente asistencia digital a los contribuyentes, sino también a los propios compañeros en las labores de asistencia que les demanden, manteniendo así una permanente conexión con estos, y consiguiendo homogeneidad en cuanto a protocolos de actuación y criterios.
  • En la imposición de sanciones tributarias se establecerán criterios sancionadores de manera que se incorpore como elemento relevante el historial de cumplimiento e incumplimiento del contribuyente en la evaluación de la existencia del elemento subjetivo en determinados tipos de conductas.
  • Se pretende avanzar en la mejora de las labores de planificación y selección de las actuaciones de control que realiza cada año la AEAT, y se prestará atención a la reiteración de las tareas de comprobación en el caso de que se hayan efectuado regularizaciones previas y no se haya consolidado un cambio de comportamiento del contribuyente.
  • En el ámbito tributario existen proyectos e iniciativas centrados en una tributación empresarial adaptada al siglo XXI, un sistema tributario justo y sencillo adaptado a una economía digitalizada y de lucha contra el cambio climático y una buena gobernanza fiscal dentro y fuera de la Unión Europea y la lucha contra la competencia fiscal perjudicial.
  • En el ámbito de la fiscalidad directa destacan: la detección y reacción frente a entidades opacas que oculten la efectiva titularidad de derechos y activos, una mayor armonización en la expedición de certificados de residencia y la devolución de impuestos pagados por no residentes mediante el mecanismo de retención, así como la modificación de la Directiva de cooperación Administrativa respecto de las obligaciones de suministro de información relativas a criptoactivos o la publicación de los tipos efectivos de gravamen.
  • En fiscalidad indirecta, destacará el paquete del IVA digital, que contemplará una ampliación de las ventanillas únicas a nivel UE, el tratamiento en el IVA de las plataformas de intermediación en servicios y la modernización de los sistemas de suministro de información a las Administraciones Tributarias. También se contempla una revisión del IVA del sector turístico.
  • Buena gobernanza fiscal: se prevé la ampliación del ámbito del Código de Conducta de fiscalidad empresarial respecto de regímenes fiscales perjudiciales y un refuerzo de los criterios de la lista de jurisdicciones no cooperativas.
  • En materia de cooperación aduanera, los objetivos son: fortalecer la participación de las aduanas en la seguridad interior de la Unión Europea; la mejora de la cooperación entre las aduanas y otros organismos encargados de la aplicación de las leyes; el refuerzo de la cooperación con otras agencias de la UE como EUROPOL, FRONTEX o EUROJUST; así como de la presencia de las aduanas en las mismas y el incremento de la cooperación internacional con terceros países.
  • La AEAT será el órgano encargado de poner en marcha en 2023 los dos nuevos gravámenes temporales y el nuevo impuesto temporal introducidos por la Ley 38/2022, de 27 de diciembre: los gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito y el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas. La Agencia Tributaria asumirá las competencias de exacción, gestión, comprobación y recaudación respecto de esos dos gravámenes temporales, a pesar de tratarse de una prestación patrimonial de carácter público no tributario, y ejercerá las competencias que le son propias respecto del citado impuesto temporal.
  • La Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual, introduce diversas modificaciones en el sistema de financiación del prestador del servicio público de comunicación audiovisual estatal. Se atribuye a la AEAT la gestión, liquidación, inspección y recaudación, tanto en periodo voluntario, como en periodo ejecutivo, de la aportación a realizar por los prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisivo y por los prestadores del servicio de intercambio de vídeos a través de plataforma de ámbito geográfico estatal o superior al de una Comunidad Autónoma. Se acometerán por tanto los desarrollos necesarios para la gestión de la citada aportación.
Plan de recuperación, transformación y resiliencia
  Top