7/21/2021
Dentro de la nueva ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal (Ley 11/2021), se incluye el incremento de algunos porcentajes de reducción de las sanciones tributarias que se imponen a los contribuyentes que han cometido una infracción tributaria.
¿Qué criterios de graduación de las sanciones establece la Ley General Tributaria?
- Comisión repetida de infracciones tributarias.
- Perjuicio económico para la Hacienda Pública.
- Incumplimiento sustancial de la obligación de facturación o documentación.
- Acuerdo o conformidad del interesado.
Los tres primeros puntos suponen un incremento de la sanción original, mientras que en el último existe un criterio favorable al contribuyente o sujeto infractor que consiste en reducir las sanciones iniciales.
¿Qué reducciones se establecen?
- El 65% si se suscriben actas con acuerdo. El porcentaje antes de la Ley 11/2021 era del 50%, pero el nuevo porcentaje del 65% también se podrá aplicar a sanciones acordadas antes del 11 de julio del 2021 siempre que no hayan sido recurridas ni hayan adquirido firmeza.
- El 30% en los casos de conformidad. Este porcentaje no ha sufrido modificación con la Ley 11/2021.
- La nueva ley contra el fraude fiscal también ha incrementado la posible reducción a aplicar por pronto pago: pasa del 25% al 40% la reducción cuando no se recurra la sanción impuesta por la Administración y se pague en periodo voluntario o en los plazos fijados. La reducción del 40% también se podrá aplicar a sanciones anteriores al 11 de julio de 2021 si no han sido recurridas i no han adquirido firmeza y si se dan las siguientes circunstancias:
- El interesado acredite (entre el 11 de julio de 2021 y el 1 de enero de 2022) ante la Administración Tributaria el desistimiento del recurso o reclamación interpuesto contra la sanción y, en su caso, del recurso o reclamación interpuesto contra la liquidación de la que derive la sanción.
- Que se realice el ingreso del importe restante de la sanción en el plazo voluntario.