Nuevo régimen de las modificaciones estructurales en sociedades ¿Qué es y qué cambios trae?

El Real Decreto-ley 5/2023 tiene el objetivo de regular el marco jurídico para las modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, ya sean de ámbito interno o nacional como transfronterizo.

¿Qué son las modificaciones estructurales?

De acuerdo con la Ley 3/2009, de 3 de abril -ley actualmente derogada- se definía como “aquellas alteraciones de la sociedad que van más allá de las simples modificaciones estatutarias para afectar a la estructura patrimonial o personal de la sociedad, y que, por tanto, incluyen la transformación, la fusión, la escisión y la cesión global de activo y pasivo.”

¿Qué establece el nuevo régimen de modificaciones estructurales?

Mayor protección de socios y acreedores:

  • Defensa de las garantías y derechos de los socios y acreedores involucrados en las operaciones de modificación.
  • Se incorporan mecanismos que permiten a los socios ejercer su derecho de separación en caso de oponerse a la operación.
  • Se establecen requisitos más estrictos para la adopción de acuerdos en las juntas de socios.
  • Así también, se reafirma la obligación de informar a los acreedores por los procedimientos oportunos.

Mayor transparencia:

  • Se fijan las pautas y etapas específicas para llevar a cabo las modificaciones estructurales mencionadas. Se incluye la aprobación del proyecto de modificación por parte de las juntas de las sociedades implicadas, la designación de expertos independientes para emitir informes técnicos y la comunicación a las autoridades competentes.

Operaciones transfronterizas:

  • Se establecen disposiciones especiales para las operaciones de modificación estructural entre sociedades ubicadas dentro y fuera del Espacio Económico Europeo (EEE). El objetivo es asegurar la protección de los intereses de los socios y acreedores en casos de fusiones y restructuraciones que involucren a empresas de diferentes países.

¿A quién afectará el nuevo régimen?

  • Socios de las sociedades mercantiles. Estos estarán sujetos a las disposiciones y protecciones establecidas en el nuevo régimen. En este ámbito, se verán afectados en términos de su derecho de separación, su participación en las juntas de socios y la toma de decisiones.
  • Acreedores de las sociedades involucradas en operaciones de modificación.  El régimen establece obligaciones más estrictas con respecto a la información que deben recibir y garantiza que tengan acceso oportuno y suficiente a la información relevante para salvaguardar sus derechos e intereses.
  • Sociedades mercantiles. Pasan a estar sujetas al nuevo régimen cuando planeen llevar a cabo modificaciones estructurales, ya sean fusiones, escisiones, transformaciones o cambios en la forma jurídica de la empresa. Deberán seguir los procedimientos establecidos y cumplir con las exigencias de protección de los intereses de los socios y acreedores.
  • Autoridades competentes. El régimen también afectará a las autoridades competentes encargadas de supervisar y aprobar este tipo de modificaciones.

¿Qué cambios introduce el nuevo régimen con respecto al anterior?

Encontramos cambios significativos:

- En el procedimiento del régimen de modificaciones estructurales

  • Se marcan pautas más detalladas y concretas para llevar a cabo las modificaciones estructurales.
  • Se separa el proceso en diferentes etapas, como la aprobación del proyecto de modificación por parte de las juntas de las sociedades implicadas y la designación de expertos independientes para emitir informes técnicos.
  • Se fija la obligación de comunicar a las autoridades competentes las operaciones de modificación estructural. Esto garantiza una mayor transparencia y supervisión de los procesos.

- En la protección de los socios:

  • Se refuerza el derecho de separación de los socios que se opongan a la operación de modificación, asegurando que tengan la posibilidad de abandonar la sociedad si no están de acuerdo con los cambios propuestos.
  • Se establecen requisitos más rigurosos para la adopción de acuerdos en las juntas de socios. Esto garantiza una mayor protección de los socios minoritarios y evita decisiones unilaterales que puedan perjudicar sus intereses.

- Protección para los acreedores:

  • Se refuerzan las obligaciones de información a los acreedores, asegurando que tengan acceso oportuno y suficiente a la información relevante sobre la operación de modificación. Esto les permite proteger sus derechos e intereses.
  • Se establecen disposiciones específicas para garantizar la protección de los intereses de los acreedores en operaciones dentro y fuera del Espacio Económico Europeo. Esto se alinea con las directrices de la Unión Europea y promueve una mayor seguridad jurídica en los procesos transfronterizos

¿Qué son las operaciones transfronterizas que cita el nuevo régimen?

Son procesos de fusión, escisión, transformación, absorción y otras formas de restructuración empresarial que implican a sociedades mercantiles ubicadas en diferentes países. Estas operaciones incluyen un amplio espectro de transacciones, como fusiones, adquisiciones, reestructuraciones, joint ventures y otras formas de colaboración empresarial en las que al menos una de las partes tiene su sede o actividad principal fuera del país de origen de la otra.

Estas operaciones pueden ser:

  • Intraeuropeas, involucrando a sociedades dentro del Espacio Económico Europeo (EEE)
  • Extracomunitarias.

¿Cuándo entró en vigor este nuevo régimen?

El 29 de julio de 2023.

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