Nueva línea de subvenciones para proyectos de reindustrialización, relocalización y de inversión del sector industrial de Cataluña

Objeto:
La concesión de subvenciones de apoyo a proyectos de reindustrialización, relocalización de la actividad productiva y nuevos proyectos de inversión del sector industrial y de servicios a la producción que ayuden a mitigar el efecto negativo que la pandemia de la Covid-19 ha generado sobre la industria mediante las líneas siguientes:

- Subvenciones a proyectos de reindustrialización que contribuyan a volver a poner en marcha o continuar la actividad de centros productivos objeto de un cierre o deslocalización.

Por proyecto de reindustrialización se entiende aquel que actúa sobre el cierre de un establecimiento industrial o de servicios a la producción que afecte, a todos los efectos, a un mínimo de 100 puestos de trabajo directos o indirectos de la actividad.

- Subvenciones a proyectos de empresas industriales o de servicios a la producción que incorporen en centros productivos (nuevos o ya existentes) puestos de trabajo afectados por situaciones de cierre de empresas, reducción de actividad, o deslocalización. Estos puestos de trabajo afectados tendrán que provenir del procedimiento del periodo de consultas del expediente de regulación de ocupación entre la empresa que cierra su actividad y sus representantes sociales.

- Subvenciones a proyectos de relocalización de actividad productiva en Cataluña mediante inversiones en nuevos centros productivos y contratación de nuevos puestos de trabajo o mediante alianzas con proveedores locales ya existentes en Cataluña que puedan pasar a fabricar los productos que hasta ahora se hacían en terceros países y que también requieran inversiones y nuevos puestos de trabajo para adaptarse a esta nueva necesidad. En este último caso el beneficiario de la ayuda será siempre aquel que realiza la inversión y contrata el personal.

- Subvenciones para la realización de inversiones industriales en activos fijos en Cataluña y/o que a la vez comporten un incremento neto de puestos de trabajo.

- Subvenciones a proyectos de adquisición de empresas industriales o de servicios a la producción en situación de dificultad que o bien estén en situación concursal y/o hayan comunicado esta circunstancia al Departamento de Empresa y Trabajo con anterioridad a la finalización del periodo de presentación de solicitudes de esta ayuda.

 

Beneficiarios:
Las empresas industriales que desarrollen alguno de los proyectos de la base 1 (ver listado final de CCAE).

 

Requisitos:
- Los beneficiarios tendrán que tener la sede social o sede operativa en Cataluña, o bien ser de nueva implantación.

- Los proyectos de servicios a la producción también tienen que acreditar que el sector industrial representa más del 50% de su cifra de negocio.

- Las empresas beneficiarias solo podrán acogerse a una única solicitud de entre la tipología de proyectos.
- Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalitat y las obligaciones ante la Seguridad Social.

- Indicar, de acuerdo con los agentes sociales, los medios que utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo, en el caso de empresas con una plantilla igual o superior a 25 personas.

- No haber estado nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias.
- No tener la consideración de empresa en situación de crisis, de acuerdo con la definición incluida en el apartado 18 del artículo 2 del Reglamento (UE) 651/2014.

- No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente, después de una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda percibida ilegal e incompatible con el mercado interior.

- Cumplir con la obligación de comunicar la obtención otras subvenciones públicas o privadas para la misma actividad.

- Para aquellos casos en que la subvención se solicite de acuerdo con el Marco Temporal nacional de ayudas estatales, no haber superado la cantidad máxima de 2.300.000,00 euros de importes limitados de ayuda conforme a la sección 2.7.1 de la Decisión SA 56851.

- Las condiciones de la contratación laboral se ajustarán al menos al que establezca el convenio colectivo de referencia del sector de la actividad subvencionada de la empresa beneficiaria.

 

Actuaciones subvencionables:

- Proyectos de reindustrialización que contribuyan a volver a poner en marcha o continuar la actividad de centros productivos objeto de un cierre o deslocalización siempre que incorporen al menos el 50% de los puestos de trabajo susceptibles de la reindustrialización o un mínimo de 50 puestos de trabajo.

- Proyectos que incorporen en centros productivos, nuevos o existentes, de empresas industriales o de servicios a la producción, un mínimo de 25 puestos de trabajo afectados por situaciones de cierre, reducción de actividad, o deslocalización.

- Proyectos de relocalización de actividad industrial en Cataluña mediante inversiones industriales en activos fijos con un importe mínimo de 1.000.000,00 de euros en nuevos centros productivos y/o que incorporen un incremento neto mínimo de 20 puestos de trabajo.

- Proyectos para la realización de inversiones industriales en activos fijos con un importe mínimo de 3.000.000,00 de euros en Cataluña y/o que comporten un incremento neto mínimo de 50 puestos de trabajo.

- Subvenciones a proyectos de adquisición de empresas industriales o de servicios a la producción en situación de dificultad que incorporen y mantengan al menos el 50% de los puestos de trabajo afectados o un mínimo de 10 puestos de trabajo.

 

Gastos subvencionables:

- Gastos de personal contratado de acuerdo con el proyecto presentado.

- Inversión en activos fijos del establecimiento productivo. Los activos fijos subvencionables se tendrán que incluir al activo de la empresa y permanecer en el establecimiento al menos durante 5 años desde la fecha de finalización del proyecto, no pudiendo la empresa beneficiaria aplicar en el indicado periodo ninguna medida que suponga el cese de la actividad.

- También son subvencionables aquellos gastos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo y las condiciones que se determinan en estas bases y la convocatoria correspondiente.

No se consideran subvencionables los gastos siguientes:

- Intereses deudores de cuentas bancarias.

- Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.

- Gastos de procedimientos judiciales.

- Impuestos indirectos, incluido el IVA.

- Gastos de transacciones financieras.

- Comisiones y pérdidas de cambio y otros gastos puramente financieros.

- Gastos justificados con facturas de fecha anterior al inicio de la actuación subvencionada o posterior a su finalización.

- Las vinculadas a la preparación del dosier técnico y administrativo para la solicitud de la ayuda.

- Desplazamiento y alojamiento.

La elección entre las ofertas presentadas, que se tienen que aportar en el momento de la solicitud, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, teniéndose que justificar expresamente en una memoria la elección cuando esta no recaiga en la propuesta más ventajosa.

El periodo de ejecución de los proyectos podrá ir desde el 1 de enero de 2022 y hasta el 30 de junio de 2024. Existe la posibilidad de solicitar una ampliación del plazo basándose en el que establece el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Cuantía:
El importe máximo de la ayuda será de 2.300.000,00 euros por proyecto.

Para los gastos de personal, la ayuda será de un máximo de 10.000,00 euros por puesto de trabajo contratado que supere los 40.000,00 euros anual de coste bruto emprendida, y de un máximo de 7.500,00 euros por puesto de trabajo contratado, por un coste salarial bruto por empresa igual o inferior a 40.000,00 euros anual y siempre de acuerdo con el proyecto subvencionado.

El número de puestos de trabajo contratados objeto del proyecto subvencionado, se tiene que entender como incremento del saldo de ocupación limpio que la empresa tenía en personal contratado fijo el 1 de enero de 2022.

- Por los activos fijos, un máximo del 10% del valor de los activos asumidos dentro del proyecto.

Los criterios que se tendrán en cuenta para determinar la cuantía de las subvenciones son el coste del proyecto, las otras ayudas recibidas, la puntuación obtenida por los criterios de valoración, la valoración técnica del proyecto por parte del órgano instructor, la calidad de la documentación aportada y memoria elaborada y las disponibilidades presupuestarias.

- El gasto mínimo, realizado y correctamente justificado, de la actividad objeto de la ayuda exigible para poder considerar cumplido el objeto y la finalidad de la ayuda es de un 50% del gasto considerado subvencionable, es decir inversiones en activos fijos y coste salarial bruto del personal contratado para el proyecto.

- El incumplimiento de este gasto mínimo conlleva la revocación total de la ayuda otorgada.

 

Procedimiento de concesión:

Por concurrencia competitiva. La concesión de estas subvenciones no requerirá ninguna otra justificación que la acreditación del cumplimiento de los requisitos indicados en estas bases, sin perjuicio de los controles que se efectúen con posterioridad.

 

Solicitudes y documentación:

Las solicitudes y los otros trámites asociados al procedimiento de concesión, verificación y control de las subvenciones se tienen que formalizar exclusivamente y obligatoriamente por el canal electrónico, a través del Canal Empresa (http://canalempresa.gencat.cat).

 

Clasificación catalana de actividades económicas (CCAE):

Empresas industriales:

10 Industria de productos alimentarios.

11 Fabricación de bebidas.

12 Industrias del tabaco.

13 Industrias textiles.

14 Confección de prendas de vestir.

15 Industria del cuero y del calzado.

16 Industria de la madera y del corcho, excepto muebles; cestería y espartería.

17 Industrias del papel.

18 Artes gráficas y reproducción de soportes grabados.

19 Refinado del petróleo.

20 Industrias químicas.

21 Fabricación de productos farmacéuticos.

22 Fabricación de productos de caucho y materias plásticas.

23 Fabricación otros productos minerales no metálicos.

24 Metalurgia y fabricación de productos básicos de hierro, acero y aleaciones.

25 Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipos.

26 Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos.

27 Fabricación de materiales y equipos eléctricos.

28 Fabricación de maquinaria y equipos ncaa.

29 Fabricación de vehículos de motor, remolques y semirremolques.

30 Fabricación otros materiales de transporte.

31 Fabricación de muebles.

32 Industrias manufactureras diversas.

331 Reparación de productos metálicos, maquinaria y equipos.

332 Instalación de maquinaria y equipos industriales.

Empresas de servicios a la producción:

35 Suministro de energía eléctrica y gas.

36 Captación, potabilización y distribución de agua.

37 Recogida y tratamiento de aguas residuales.

38 Tratamiento y eliminación de residuos.

39 Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos.

52 Almacenamiento y actividades afines al transporte

62 Servicios de Tecnología de la información (para la industria)

71 Servicios técnicos de ingeniería (análisis y ensayos técnicos para la industria)

Plan de recuperación, transformación y resiliencia
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