Novedades sobre los ERTE publicadas en el BOE

La semana pasada ya le enviamos un TAX Informa con un resumen de lo que se preveía que se publicara en relación a la prórroga de los ERTES y otras medidas. El Real Decreto publicado hoy en el BOE publica estas novedades y establece cómo serán los ERTES a partir del 1 de febrero hasta el próximo 31 de mayo.

 

¿Qué tipo de ERTE habrá?

A partir del 1 de febrero, se mantendrán tres tipos de ERTE:

  • Los destinados a empresas vinculadas a cadenas de valor o sectores “ultraprotegidos”
  • Los de compañías que vieron reducida parcialmente su actividad a causa de las restricciones ocasionadas por la Covid-19.
  • Los ERTES de limitación, dirigidos a aquellas empresas a los que se les impide abrir.

 

Si estoy en un ERTE ¿cómo puedo prorrogarlo?

No serán necesarias nuevas autorizaciones administrativas, ya que la prórroga se aplicará de manera automática. Las empresas que hayan realizado un ERTE por impedimento o por limitación autorizado antes o durante de esta norma, no deberán tramitar un nuevo expediente ante las autoridades laborales para acceder a las exoneraciones derivadas del cambio o endurecimiento de las restricciones. Tampoco será necesario una nueva solicitud colectiva de prestaciones al SEPE. Únicamente deberán remitir una comunicación en este sentido a la autoridad laboral y a la representación de las personas trabajadoras.

 

¿Qué exoneraciones hay a partir de ahora?

Se mantienen las mismas exoneraciones en las cotizaciones sociales que de octubre a enero:

  • Sectores “ultraprotegidos”: exención del 85% para empresas de menos de 50 trabajadores y del 75% para empresas de más de 50 trabajadores.
  • Empresas con ERTE por impedimento: exoneración del 100% si tienen menos de 50 trabajadores y del 90% si tienen más de 50 empleados.

También se señala que estas exoneraciones serán decrecientes:

  • Las empresas de menos de 50 trabajadores: 100% en febrero, 90% en marzo, 85% en abril y 80% en mayo.
  • Las empresas con más de 50 trabajadores: 90% en febrero, 80% en marzo, 75% en abril y 70% en mayo.   

Los trabajadores afectados por ERTE seguirán teniendo acceso a la prestación sin periodo de carencia, no les computará el periodo consumido hasta enero de 2022 y la prestación equivaldrá al 70% de la base reguladora. También se mantienen los beneficios aplicables a los trabajadores fijos discontinuos y la mejora de protección de las personas afectadas por ERTE con contratos a tiempo parcial.

 

Sectores que se incorporan a estas condiciones:

El Gobierno ha incluido en la lista de empresas beneficiarias de estas condiciones a:

  • Campings y aparcamientos de caravanas
  • Alquiler de medios de navegación
  • Actividades de mantenimiento físico

 

¿Qué condiciones se imponen a las empresas?

Se mantiene el compromiso de mantener el empleo de toda la plantilla por otros seis meses con la misma redacción actual. Así también, quedan prohibidos los despidos o interrumpir los contratos temporales, el reparto de dividendos y la realización de horas extra o la externalización de compañías acogidas a un ERTE.

Plan de recuperación, transformación y resiliencia
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