Te informamos que ayer jueves 27 de enero salió publicado un comunicado de prensa del TJUE con relación a la legislación española que obliga a los residentes fiscales a declarar sus bienes o derechos situados en el extranjero, y el Tribunal considera que esta obligación es contraria al Derecho de la Unión. La Sentencia aborda tres cuestiones de interés:
- En el caso de existencia de bienes en el extranjero no declarados, la norma consideraba que no podía alegarse la prescripción de la renta. El Tribunal considera que esta norma vulnera la exigencia fundamental de la seguridad jurídica.
- En cuanto a la sanción del 150% por la renta no declarada, el Tribunal considera que esta sanción tiene un carácter extremadamente represivo y por tanto constituye un menoscabo desproporcionado a la libre circulación de capitales.
- En tercer lugar, considera que el legislador español incumplió las obligaciones que lo incumben en virtud de la libre circulación de capitales al sancionar el incumplimiento de la obligación de declaración por el modelo 720.
La sentencia aún no está publicada por lo que en los próximos días te informaremos convenientemente de las novedades que se produzcan.