Los autónomos ya no podrán declarar el IVA en papel a partir del 2023

La Agencia Tributaria ha fijado dos fechas para este año en las que se empezará a aplicar la prohibición de presentar el IVA en papel. Dependerá de si los autónomos declaran sus impuestos mensual o trimestralmente, tal y como se recoge en la Orden HAP/2194/2013. 

La norma entró en vigor el pasado 1 de enero de 2023, obligando a presentar telemáticamente las autoliquidaciones del Impuesto sobre el Valor Añadido referentes a 2023, ya sea mensual o trimestral, así como la declaración anual (modelo 390).

Fechas en las que ya no será válido declarar el IVA en papel

  • En la declaración trimestral de IVA, a través del modelo 303 (sistema con el que la mayoría de los autónomos liquidan su impuesto cuatro veces al año), se empezará a aplicar la obligación de declarar el IVA trimestral de manera telemática a partir de abril. De esta forma, los autónomos ya no podrán realizar la declaración de sus impuestos del primer trimestre de 2023 en papel. 
  • Si se liquida el IVA de manera mensual, a través del modelo 322, la prohibición de declarar en papel se empezará a aplicar en la declaración relativa a enero, que deben presentar hasta el día 28 de febrero.

Así pues, según el sistema de declaración de IVA escogido, a partir de febrero o abril los autónomos estarán obligados a tener Cl@ve para presentar el IVA o realizarla a través de un gestor. 

Si eres autónomo ¿cómo puedes obtener un certificado digital o cl@ve para presentar tus impuestos?

Para poder realizar cualquier tipo de gestión por vía telemática con la Administración, es necesario que se produzca una autentificación de la persona que realiza el trámite. Es la única forma de demostrar que el autónomo es quien dice ser a través del sistema digital.

Si todavía no dispones de tu certificado electrónico, contacta con TAX y te ayudaremos a obtenerlo, así como te podemos asesorar a la hora de presentar tus declaraciones de IVA. 

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