7/1/2024
A partir del 1 de julio de 2024 se incrementan los plazos máximos y bajarán los importes mínimos que los autónom@s pueden solicitar a la Seguridad Social cuando fraccionen el reembolso de una prestación que les reclama, por ejemplo, una incapacidad o el cese de actividad.
¿A quién beneficia esta medida?
Podría afectar a miles de autónom@s que, según el criterio de sus mutuas o de la propia Seguridad Social, hayan cobrado en algún momento una prestación que no les correspondía. Por ejemplo, el cese de actividad que solicitaron durante la pandemia, una incapacidad permanente o el Ingreso Mínimo Vital (IMV).
¿Se amplía el plazo para devolver las prestaciones?
Sí, los autónom@s podrán devolver estas prestaciones en hasta 60 plazos -cinco años-, con una mensualidad mínima de 100 euros. No se podrán acordar cantidades inferiores a esta cifra.
Así, los autónom@s podrán devolver a la Seguridad Social las prestaciones que hayan cobrado indebidamente -tras demostrar que así fue- en un año más del plazo contemplado hasta ahora.
¿Qué requisitos se exigen para poder fraccionar el pago?
- Los director@s de las administraciones de la Seguridad Social serán competentes para autorizar y establecer los plazos para el pago fraccionado del reintegro de prestaciones indebidamente percibidas, cuando así se solicite por los sujetos responsables de su ingreso.
- Para ello, los autónom@s deben acreditar que “la situación económica y demás circunstancias concurrentes, discrecionalmente apreciadas por el órgano competente para resolver, impiden efectuar el reintegro en el plazo indicado en la reclamación.”
- En caso de denegación de la solicitud, la resolución dará un nuevo plazo de ingreso de 15 días desde la notificación de la resolución, “salvo que fuere mayor la parte del plazo que reste para el pago fijado en la reclamación de deuda”, que inicialmente se establece en el último día hábil del mes siguiente a la primera notificación.
Y si no se abona uno de los plazos ¿Qué medidas se puede aplicar?
Entonces, la Seguridad Social puede exigir la devolución en un único pago.
¿Cómo se puede solicitar el fraccionamiento de la devolución de prestaciones indebidas?
En caso de que la Seguridad Social emita una notificación solicitando el reintegro de una prestación por no cumplir con las condiciones, los autónom@s que, debido a sus ingresos, acrediten que no pueden devolverla en un solo pago pueden solicitar a la Tesorería el pago fraccionado de las mismas. Desde el 1 de julio, con los plazos recogidos anteriormente.
Para realizar la solicitud, deben acceder a este enlace e identificarse mediante el sistema Cl@ve Permanente, presentar la solicitud y anexar la documentación requerida.
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