Línea de préstamos en condiciones preferentes para la financiación de proyectos de inversión en la renovación de los establecimientos de alojamiento turístico

Con el objetivo de fomentar la promoción turística de Cataluña, el Departamento de Empresa y Conocimiento, por medio de la Dirección General de Turismo, hace pública la convocatoria para la concesión de ayudas en forma de bonificación de los intereses de operaciones de crédito destinadas a la financiación de proyectos de inversión en la renovación de los establecimientos de alojamiento turístico para los años 2021-2022.

Beneficiarios

Personas o las entidades titulares de alojamiento turísticos de los establecimientos hoteleros, incluidos hoteles y hostales o pensiones, apartamentos turísticos, campings y establecimientos de turismo rural operativos en Cataluña que lleven al menos dos años en funcionamiento y estén habilitados debidamente.


Tramitación, resolución y otorgamiento

La tramitación, la resolución y el otorgamiento de las subvenciones que prevé esta convocatoria, así como las condiciones, los criterios de valoración, los requisitos de participación y la documentación a aportar, se rigen por la Orden EMC/77/2019, de 16 de abril, por la cual se aprueban las bases reguladoras de la línea de préstamos en condiciones preferentes para la financiación de proyectos de renovación de los establecimientos de alojamiento turístico de Cataluña.


Importe de la ayuda

El importe máximo de la línea de préstamos bonificados es de 20.000.000,00 de euros para los años 2021-2022, supeditado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.

Las ayudas que prevé esta Resolución tienen la consideración de ayudas de minimis, no se podrán acumular con otra ayuda estatal para los mismos gastos subvencionables.
 

 

Plazos y presentación de la solicitud

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a partir del 1 de enero de 2021 y estará abierto hasta el 30 de diciembre de 2022 (incluido) o hasta agotar el presupuesto para estos conceptos.

Las solicitudes se tienen que presentar en los lugares y por los medios que especifica la base 6 del anexo 1 de la Orden EMC/77/2019, de 16 de abril.

 

Para ampliar la información i obtener asesoramiento, no dudes a ponerte en contacto con TAX Economistas y Abogados.

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