3/18/2024
El sábado 16 de marzo entró en vigor la Ley de Vivienda con el objetivo de aumentar la oferta de vivienda a precios asequibles, evitar situaciones de tensión en el mercado del alquiler y apoyar a jóvenes y colectivos vulnerables en el acceso a la vivienda. Además, esta recoge las medidas para proteger a los inquilinos como la declaración de "zonas tensionadas" en todo el territorio español para limitar el precio del alquiler.
¿Qué es una zona tensionada?
Se define zona tensionada como ámbitos territoriales en los que exista un especial riesgo de oferta insuficiente de vivienda para la población.
Es necesario cumplir con estos requisitos:
- El coste medio de la hipoteca o del alquiler más los gastos y suministros básicos debe superar el 30% de la renta media de los hogares.
- Que el precio de compra o alquiler de la vivienda haya aumentado al menos 3 puntos por encima del IPC en los cinco años anteriores a la declaración de área tensionada.
Aunque este concepto ha sido creado mediante la Ley de Vivienda, son las comunidades y ayuntamientos quienes tomarán la decisión de declarar una zona tensionada. La declaración tendrá una validez de tres años, que podrá prorrogarse siempre que la comunidad considere que siguen existiendo las condiciones mencionadas.
¿Qué medidas se aplican en una zona tensionada?
Se establecerán topes en el precio del alquiler en los contratos nuevos, con respecto al precio de los anteriores. En este sentido, a lo largo de 2024 este tope será del 3%.
Estas medidas variarán si el propietari@ es un pequeño propietari@ o gran tenedor, así como de la modalidad del contrato:
- Pequeño tenedor –tiene menos de cinco propiedades–: en la firma de un nuevo contrato en una zona tensionada, el precio que podrá pedir será, como máximo, el indicado en el Índice de Referencia del precio del alquiler. Si en cambio este contrato se actualiza, el precio del alquiler no podrá superar el 3% durante 2024. Podrá incrementarse hasta el 10% en el caso de que el inmueble haya sido rehabilitado en los últimos dos años, mejorando su accesibilidad y eficiencia energética en un 30% –como mínimo–; o cuando el contrato se haya firmado por un periodo de diez años o más.
- Gran tenedor -cinco o más propiedades-: en el caso de que el propietari@ tenga que firmar un nuevo contrato, este estará condicionado por el Índice de Referencia del precio del alquiler. Si las viviendas han sido alquiladas con anterioridad, estas también estarán condicionadas por el mismo índice. Por tanto, en ambos casos, por ejemplo si dispone de una vivienda que alquila por 1.000 euros y el Índice de Referencia estipula que el máximo por el que la puede alquilar son 700 euros, deberá bajar el precio del alquiler.
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