Las tres novedades de la campaña de renta 2024

Estas son las tres novedades de la campaña de la renta 2024:

 

Pago de la declaración con Bizum

Por primera vez, podrás pagar la declaración de la Renta por Bizum, como una nueva forma de pago que se une a la tradicional domiciliación bancaria, el cargo en cuenta o con Número de Referencia Completo (NRC) o el pago en una oficina bancaria.

 

Deberás comprobar los límites específicos establecidos por cada entidad bancaria ante el uso de este servicio para asegurarte de que la cantidad a pagar se encuentra dentro de los márgenes permitidos en cada caso. También es recomendable revisar las condiciones particulares de cada banco respecto al uso de Bizum para pagos a organismos públicos.

 

Ampliación de la reducción para rentas del trabajo

En la campaña de la Renta de 2024 seguirán sin tener que declarar los trabajadores que ingresen menos de 22.000 euros al año si no han recibido más de 1.500 euros a partir de un segundo pagador o más.

 

El Gobierno quiso elevar a 2.500 euros la cuantía total de los rendimientos íntegros procedentes del segundo y restantes pagadores con efectos para 2025, pero esa y otras medidas no entraron en vigor al rechazar el Congreso el Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por lo que, de momento, en la siguiente campaña de Renta 2025 no se podrán aplicar.

 

En cambio, en esta Campaña se ha elevado la obligación de declarar, independientemente del número de pagadores, si percibes rentas del trabajo inferiores a 15.876 euros, en paralelo a la subida del SMI 2024. Para 2025, por el momento no ha ocurrido lo mismo.

 

Otra importante novedad afecta a la reducción por rendimientos del trabajo, que ha ido aumentando en los últimos años y beneficia a los contribuyentes con rendimientos netos del trabajo inferiores a 19.747,5 euros. En esta declaración, la reducción fiscal máxima pasa a 7.302 euros (en 2023 fue de 6.498 euros).

 

Nueva figura de autoliquidación rectificativa

Se introduce un sistema único para la corrección de las autoliquidaciones que sustituirá al actual sistema dual de autoliquidación complementaria y solicitud de rectificación. De esta forma, se podrá rectificar, completar o modificar la autoliquidación presentada con anterioridad, con independencia de su resultado sin que haya que esperar a una resolución administrativa en el caso de solicitud de rectificación.

 

La próxima Orden Ministerial que aprobará el modelo de declaración de Renta introduce las casillas para identificar la autoliquidación rectificativa y las causas que la motivan, entre otras.

 

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