Las claves de la nueva Ley Beckham

La Ley Beckham es un régimen fiscal especial aplicable a los trabajadores desplazados a territorio español. 

¿Qué novedades incluye?

  • Se reduce de 10 a 5 el número años en los que la persona interesada en acogerse a este régimen no ha de haber sido considerado residente fiscal con carácter previo al de su llegada a España. 
  • Pueden acogerse a este régimen quienes se desplace a España a teletrabajar. La novedad es que no deben justificar el desplazamiento con una motivación exclusivamente económica por parte de la empresa empleadora. 
  • Se extiende al cónyuge el ámbito de aplicación del régimen especial y se incluyen los hijos menores de 25 años o discapacitados y el progenitor (si no hay vínculo matrimonial), siempre que cumplan los requisitos recogidos en la Ley. La Ley exige la existencia de vínculo matrimonial, de hijos en común o de ambos para que se extienda al cónyuge la aplicación del régimen especial. 
  • Hasta ahora los motivos de desplazamiento eran una relación laboral o la adquisición de la condición de administrador con participación de capital social inferior al 25%. Ahora también se permitirá para freelances o la adquisición de la condición de administrador de entidades, independientemente de su participación, salvo que se trate de una sociedad patrimonial. 
  • Los trabajadores por cuenta propia pueden optar a la Ley Beckham siempre que se desplacen para realizar una actividad calificada como emprendedora, que sea de carácter innovador con especial interés económico para España y cuente con un informe favorable del órgano competente de la Administración General del Estado. Como consecuencia de la realización en España de una actividad económica por parte de un profesional altamente cualificado que preste servicios a empresas emergentes y debiendo estar acreditada dicha condición por la Empresa Nacional de Innovación ENISA. Con motivo de la realización en España de una actividad económica por parte de un profesional altamente cualificado que lleve a cabo actividades de formación o I+D+i, percibiendo por ello una remuneración que represente en conjunto más del 40% de la totalidad de los rendimientos empresariales, profesionales y del trabajo personal.

Con la incorporación de estas novedades a la Ley Beckham, se prevé un incremento de la llegada de trabajadores con talento y alto poder adquisitivo a España. 

 

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