8/11/2025
Las empresas tienen la obligación legal de ofrecer reconocimientos médicos a sus trabajadores, como parte de las medidas de prevención de riesgos laborales. Esta obligación está regulada en el artículo 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, que establece que los reconocimientos son voluntarios, salvo ciertos casos donde son imprescindibles.
¿Qué dice la Ley de Prevención de Riesgos Laborales?
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Debes ofrecer periódicamente un reconocimiento médico a tus empleados.
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El trabajador puede aceptar o rechazarlo. Es decir, hacerse el reconocimiento médico no es obligatorio en la mayoría de los casos, pero tú como empleador sí estás obligado a ofrecérselo.
¿Cuándo es obligatorio para el trabajador?
El reconocimiento médico sí es obligatorio (y el trabajador no puedo rechazarlo) en estas situaciones:
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Si es necesario para comprobar las condiciones de trabajo están afectando a su salud.
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Si su estado de salud puede poner en riesgo su propia seguridad o la de otros compañeros o personas relacionadas con la empresa.
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Si así lo estable una normativa específica por tratarse de actividades peligrosas.
¿Qué pasa si no cumples?
No ofrecer este reconocimiento se considera una infracción grave y puede suponer una multa de entre 2.451€ y 49.180€, según la gravedad del incumplimiento (Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social – LISOS de los artículos 12.2 y el artículo 40.2).
¿Qué debes hacer?
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Ofrecer el reconocimiento por escrito a tus empleados.
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Si no quieren hacérselo, pídeles que firmen un documento de renuncia.
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Si el reconocimiento es obligatorio por el tipo de trabajo y el empleado se niega, puedes tomar medidas, incluso llegar a un despido disciplinario por desobediencia (en casos justificados).
Des de TAX te ayudamos a gestionar reconocimientos médicos y toda la prevención de riesgos laborales.
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