2/3/2026
Les informamos de que ya está abierta la convocatoria de ayudas para la retirada de cubiertas de amianto dañadas por las granizadas del 1 de junio y del 19 de agosto de 2025.
El plazo para presentar solicitudes finaliza el 28 de febrero de 2026.
Estas ayudas cubren los gastos de:
• Limpieza
• Retirada
• Transporte
• Tratamiento de los residuos de amianto
Las actuaciones deben corresponder a cubiertas que hayan sido afectadas por las granizadas indicadas, según los informes del Servicio Meteorológico de Cataluña.
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Pueden solicitarla las personas propietarias de inmuebles con cubiertas de amianto afectadas en:
• Las comarcas del Ripollès y la Garrotxa (granizada del 1 de junio de 2025).
• La comarca del Alt Urgell (granizada del 19 de agosto de 2025).
Los informes oficiales que lo acreditan están disponibles en la web de la Agencia de Residuos de Cataluña.
¿Cuánto se puede recibir?
La ayuda subvenciona el 100% de las facturas relacionadas con la retirada y gestión del amianto, hasta un máximo por metro cuadrado de cubierta, según la escala establecida en la convocatoria.
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Cubiertas de amianto
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Importe máximo subvencionable
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Hasta a 49 m2
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2000,00€
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de 50 m2 hasta 99 m2
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40€/m2
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de 100 m2 hasta 499 m2
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30€/ m2
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de 500 m2 hasta 999m2
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25€/m2
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A partir de 1000m2
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20€/m2
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*Estos importes son para cada actuación subvencionada, según el presupuesto/factura de la empresa RERA que haya realizado o vaya a realizar los trabajos de retirada de material de amianto.
Procedimientos de concesión
Las ayudas se otorgan según el orden de llegada de las solicitudes, es decir, por orden cronológico, hasta que se agote el presupuesto disponible.
Plazos
Solicitud: Las solicitudes deben presentarse junto con toda la documentación requerida en la base 7 de la convocatoria.
El plazo para presentarlas está abierto hasta el 28 de febrero de 2026.
Resolución: La administración dispone de un máximo de 6 meses para resolver, contando desde la fecha de publicación de la convocatoria.
Ejecución: Las actuaciones subvencionadas pueden llevarse a cabo:
• Desde el mismo día del fenómeno meteorológico que causó los daños (según el informe del Servicio Meteorológico de Cataluña).
• Y hasta 12 meses después de la fecha de la resolución de concesión de la subvención.
Justificación: El plazo para justificar las actuaciones es de 13 meses a partir de la fecha de la resolución definitiva de concesión.
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