¿Haces tus facturas con Word, Excel o simplemente generas PDFs? ¡Cuidado!

La consulta vinculante V0073-25 que lanza un aviso claro, no hace falta tener un “software de facturación” para estar afectado por el nuevo reglamento. A veces, basta con cómo generas y gestionas tus facturas.

 

Cuestión planteada en la consulta

Un autónom@ emite sus facturas en PDF usando Word, Excel o una base de datos. ¿Está obligado a cumplir con VERI*FACTU?

Si el archivo se guarda, firma o procesa digitalmente, se considera un sistema informático de facturación, entonces debes cumplir con VERI*FACTU.

 

¿Esto qué implica?

  • Quedas sujeto al Real Decreto 1007/2023, salvo que estés acogido al SII (Suministro Inmediato de Información), en cuyo caso estarías exento.
  • Si no estás en el SII, deberás adaptar tu sistema a las exigencias de VERI*FACTU (integridad, trazabilidad, inalterabilidad y remisión de registros)

 

Calendario de aplicación (según la norma actual):

  • Fabricantes de software: deben adaptarse antes del 29 de julio de 2025.
  • Empresas y autónom@s:
    • Sociedades: desde el 1 de julio de 2025.
    • Autónom@s persona física: desde el 1 de julio de 2026.

 

No obstante a lo anterior, se espera una prórroga para las sociedades al 1 de enero de 2026 mediante Orden Ministerial (estas son las fechas vigentes en el momento de resolver la consulta).

 

¿Cuáles son las sanciones si no cumples con la normativa?

  • Hasta 50.000 por utilizar un sistema no certificado.
  • Hasta 150.000 si fabricas o comercializas software que incumpla el reglamento.

 

¿Tienes dudas? Contacta con nosotros

 

Plan de recuperación, transformación y resiliencia
  Top