Fechas clave para hacer la declaración de la renta 2024

La Agencia Tributaria ha publicado en su web las fechas clave de la campaña de la renta y patrimonio de 2024. Este año, la campaña se iniciará el 2 de abril y finalizará el 30 de junio (para todos los canales).

 

Fechas claves de la campaña de la renta:

 

  • 2 de abril de 2025: solicitud del borrador y apertura del plazo para presentar la declaración de la renta por Internet.

 

  • 29 de abril de 2025: se abre el plazo para solicitar cita para confeccionar la declaración por internet con la ayuda telefónica de la administración. El último día para concertar cita es el 27 de junio. El primer día hábil para realizar el trámite telefónicamente con asistencia de la Agencia Tributaria es el 6 de mayo.

 

  • 29 de mayo de 2025: solicitud de cita previa para realizar la declaración de manera presencial. El último día para hacer la solicitud es el 27 de junio y la fecha de inicio para hacer el trámite presencialmente es el 2 de junio.

 

  • 25 de junio de 2025: finaliza el plazo para presentar la declaración si el resultado es a ingresar con domiciliación a cuenta.

 

  • 30 de junio de 2025: finaliza el plazo para presentar la declaración de la renta, por cualquiera de las vías.

 

 

¿Quién está obligado a hacer la declaración de la renta?

La normativa fiscal establece que hayas tenido unos rendimientos del trabajo de 22.000 euros al año,

  • Si solo has tenido un pagador, o
  • En caso de tener más de uno, las cantidades recibidas del segundo y restantes pagadores no superen en conjunto 1.500 euros.

 

En otro caso, el límite para tener que presentar la declaración será de 15.876 euros.

Todos los autónom@s están obligados a hacer la Declaración de la Renta independientemente de sus ingresos.

 

¿Cuáles son las principales novedades e incentivos que se mantienen en la declaración de la renta?

  • Si eres autonóm@ y tributas por estimación directa simplificada podrás añadir un 5% (7% para 2023) de la diferencia entre ingresos y gastos de tu actividad en concepto de gastos de difícil justificación con el límite de 2.000 euros.
  • Si eres autonóm@ te puedes deducir hasta 4.250 € de los planes de pensiones.
  • No se modifica la obligación de presentar la declaración de la renta a través de internet (siempre que la Administración asegure la atención personalizada a los contribuyentes que precisen asistencia para su complementación por estos medios).
  • Compra de coche eléctrico o infraestructura de recarga eléctrica: puedes beneficiarte de una deducción del 15% si la compra y la instalación son posteriores al 30 de junio de 2023.
  • Deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de las viviendas: ya sea por reducción de la demanda de calefacción y refrigeración, mejoras en el consumo de energía primaria no renovable o bien por obras de rehabilitación energética de edificios.
  • Deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación. Si compras acciones o participaciones de una empresa de reciente creación, se te aplicará una deducción del 50% (con un límite de 10.000 € anuales).
  • Deducciones por maternidad a madres autónomas. 1.200€ sobre la renta, que se pueden ampliar a 1.000€ por gastos de guardería.
  • Donativos: las donaciones a ONG y entidades religiosas tienen una deducción de hasta el 80%.
  • Se mantienen las REDUCCIONES POR ARRENDAMIENTOS DE INMUEBLES:
    • La reducción general del 50% se aplica de manera general en 2024. Será la anterior reducción del 60% para contratos formalizados antes del 26 de mayo de 2023.
    • La reducción será del 90% en los arrendamientos de viviendas en zonas de mercados tensionados, aplicable a contratos que presenten una rebaja de la renta del 5% respecto a la renta del contrato anterior.
    • Será del 70% si incorporamos viviendas destinadas a jóvenes de entre 18 y 35 años de alquiler en zonas de mercado tensionadas.
    • Finalmente, 60% para aquellos casos en los que se haya realizado alguna obra de rehabilitación en los dos años anteriores a poner en alquiler el inmueble.
  • Este año también se ha elevado el mínimo exento de retención a cuenta del IRPF a 15.876€ anuales, coincidiendo con la cantidad en la que se sitúa el salario mínimo interprofesional (SMI).
  • Este mínimo exento puede ser superior según las circunstancias familiares del contribuyente, llegando a alcanzar los 19.262€ para aquellos trabajadores con dos hijos o más y un cónyuge cuyos ingresos sean inferiores a 1.500€ al año.
  • Los planes de pensiones ofrecen una importante vía de deducción. Los planes de pensiones de empresa permiten desgravar hasta 8.500€, siendo esta la aportación máxima permitida. Además, los contribuyentes pueden aportar y desgravarse un máximo de 1.500€ en planes de pensiones individuales o el 30% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas, optando por el importe menor de ambos.
  • Los trabajos y servicios prestados a empresas en el extranjero, el límite de deducción es de 60.100€ en la declaración de la Renta 2024, siempre que las compañías se encuentren en la Unión Europea.

 

 

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