Fechas clave para hacer la declaración de la Renta

La Agencia Tributaria ha publicado en su web las fechas clave de la campaña de la renta y patrimonio de 2023. Este año, la campaña se iniciará el 3 de abril y finalizará el 1de julio (para todos los canales).

 

Fechas claves de la campaña de la renta:

 

  • 3 de abril de 2024: solicitud del borrador y apertura del plazo para presentar la declaración de la renta por Internet.
  • 7 de mayo de 2024: se abre el plazo para presentar la declaración de la renta por vía telefónica.
  • 25 de mayo de 2024: solicitud de cita previa para realizar la declaración de forma presencial.
  • 3 de junio de 2024: se abre el plazo para presentar la declaración de forma presencial.
  • 26 de junio de 2024: finaliza el plazo para presentar la declaración por Internet si el resultado es a ingresar con domiciliación en cuenta. También es el último día para solicitar cita previa para realizar la declaración por vía telefónica o de forma presencial.
  • 1 de julio de 2024: finaliza el plazo para presentar la declaración de la renta, por cualquiera de las vías.

 

¿Quién está obligado a hacer la declaración de la renta?

La normativa fiscal establece que cualquier persona que haya ganado más de 22.000 euros al año debe presentar la renta. Si se ha tenido más de un pagador a lo largo del año, entonces el límite baja hasta 15.000 euros.

 

NOVEDAD IMPORTANTE PARA AUTÓNOM@S: Tod@s los autónom@s están obligados a hacer la Declaración de la Renta independientemente de sus ingresos.

 

 

¿Cuáles son las principales novedades de la declaración de la renta?

  • Si eres autonóm@ y tributas por estimación directa simplificada puedes sumar 2.000 € al año de deducción por gastos de difícil justificación y se aplicará el 7%.
  • Si eres autonóm@ te puedes deducir hasta 4.250 € de los planes de pensiones.
  • El tramo autonómico del IRPF será deflactado para los residentes de Madrid, Navarra, Aragón y País Vasco.
  • Además, el Gobierno ha fijado la obligación de presentar la declaración de la renta a través de internet (siempre que la Administración asegure la atención personalizada a los contribuyentes que precisen de asistencia para su cumplimentación por tales medios).
  • Compra de coche eléctrico o infraestructura de recarga eléctrica: puedes beneficiarte de una deducción del 15% si la compra y la instalación son posteriores al 30 de junio de 2023.
  • Deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación. Si compras acciones o participaciones de una empresa de reciente creación, se te aplica una deducción del 50% (con un límite de 10.000 € anuales).
  • Deducciones por maternidad a madres autónomas. 1.200€ sobre la renta, que se pueden ampliar a 1.000€ por gastos de guardería.
  • Donativos: las donaciones a ONG y entidades religiosas tienen una deducción de hasta el 80%.
  • DEDUCCIONES POR ARRENDAMIENTOS DE INMUEBLES:
    • La reducción general del 50%, que antes era del 60%, se aplica de manera general en 2024.
    • Además, se mantiene la reducción del 60% para aquellos casos en los que se haya realizado alguna obra de rehabilitación en los dos años anteriores a poner en alquiler el inmueble.
    • En mercados tensionados, se establece una reducción del 70% para los alquileres destinados a jóvenes de entre 18 y 35 años.
    • Por último, se contempla una reducción del 90% en los arrendamientos de mercados tensionados, aplicable a contratos que presenten una rebaja del 5% respecto al contrato anterior en zonas donde el mercado esté bajo presión.

 

  • Este año también se ha elevado el mínimo exento de retención a cuenta del IRPF a 15.875€ anuales, coincidiendo con la cantidad en la que se sitúa el salario mínimo interprofesional (SMI).
  • Este mínimo exento puede ser superior según las circunstancias familiares del contribuyente, llegando a alcanzar los 19.262€ para aquellos trabajadores con dos hijos o más y un cónyuge cuyos ingresos sean inferiores a 1.500€ al año.
  • Los planes de pensiones ofrecen una importante vía de deducción. Los planes de pensiones de empresa permiten desgravar hasta 8.500€, siendo esta la aportación máxima permitida. Además, los contribuyentes pueden aportar y desgravarse un máximo de 1.500€ en planes de pensiones individuales o el 30% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas, optando por el importe menor de ambos.
  • Los trabajos y servicios prestados a empresas en el extranjero, el límite de deducción es de 60.100€ en la declaración de la Renta 2024, siempre que las compañías se encuentren en la Unión Europea.

 

 

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