Europa impulsa el pasaporte digital de producto: un cambio obligatorio para toda la cadena comercial

La Unión Europea ha dado un paso decisivo hacia la trazabilidad, la sostenibilidad y la economía circular con la aprobación del Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1778 de la Comisión, de 16 de julio de 2026, que establece las modalidades de aplicación del registro de pasaportes digitales de productos creados en virtud del Reglamento (UE) 2024/1781.

¿Qué es el pasaporte digital de producto?

El pasaporte digital de producto será un documento obligatorio en la Unión Europea que reunirá información relevante sobre el origen, fabricación, mantenimiento, reparación y reciclaje de los productos. Su finalidad es proporcionar información fiable y accesible que permita mejorar la transparencia en toda la cadena de valor y fomentar prácticas más sostenibles.

A diferencia de las etiquetas tradicionales, el pasaporte digital no es un documento estático, sino un sistema dinámico de datos que podrá consultarse mediante tecnologías como códigos QR, NFC o identificadores digitales, permitiendo su actualización continua durante todo el ciclo de vida del producto.

Información estandarizada y accesible

La información incorporada en estos pasaportes deberá ajustarse a los formatos estandarizados establecidos por la Unión Europea, garantizando así su interoperabilidad y validez

en todo el mercado único europeo.

Esta homogeneización permitirá que consumidores, empresas, autoridades y demás operadores económicos puedan acceder a datos comprensibles, fiables y comparables entre diferentes productos y fabricantes, facilitando decisiones de compra e inversión más informadas.

Sectores afectados

La nueva normativa identifica los primeros sectores en los que la implantación del pasaporte digital será obligatoria, destacando especialmente:

  • Sector textil.
  • Baterías.
  • Dispositivos electrónicos.

No obstante, esta obligación se irá extendiendo progresivamente a otros productos regulados dentro de la estrategia europea de economía circular.

Obligaciones para fabricantes, importadores, distribuidores y minoristas

El cumplimiento de esta normativa no recae únicamente sobre los fabricantes. También estarán obligados los:

  • Importadores.
  • Distribuidores.
  • Minoristas.
  • Demás operadores que comercialicen productos en el mercado único europeo.

Todos ellos deberán garantizar que los productos sujetos a regulación dispongan de su correspondiente pasaporte digital, accesible a través de los mecanismos establecidos por las autoridades europeas.

Entrada en vigor

El Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1778 fue publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el 17 de julio de 2026 y entrará en vigor a los veinte días de su publicación.

Al tratarse de un reglamento europeo, será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro, sin necesidad de transposición a la normativa nacional.

 

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