6/2/2025
La creciente incidencia de estafas mediante suplantación de identidad ha llevado al Gobierno de España a implementar medidas estrictas para proteger a los ciudadanos. La Orden TDF/149/2025, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 12 de febrero, establece medidas específicas con el objetivo de combatir este tipo de estafas y prácticas fraudulentas, para proteger a los usuarios, restaurar su confianza y garantizar la seguridad en las redes de telecomunicaciones, en cumplimiento del artículo 3 de la Ley 11/2022, General de Telecomunicaciones.
¿Qué objetivos tiene esta norma?
- Impedir el avance de las comunicaciones que manipulan el identificador de línea llamante (CLI).
- Prevenir fraudes relacionados con la numeración y los alias identificativos en mensajes cortos (SMS), mensajes multimedia (MMS) y servicios de mensajería conversacional (RCS).
- Asegurar la correcta identificación de la numeración utilizada para la atención al cliente y las llamadas comerciales no solicitadas.
¿Qué medidas se introducen en esta normativa?
A continuación, te resumimos las medidas que se introducen con esta normativa para combatir los fraudes por teléfono y mensajería:
- Bloqueo de llamadas: se deberán bloquear las llamadas con números que no hayan sido atribuidos a ningún servicio, asignados a ningún operador o adjudicados a ningún cliente, incluyendo numeración vacía, como los que comienzan por 3 o 4.
- Bloqueo de llamadas con origen internacional identificadas por un identificador de línea llamante (CLI) del plan nacional de numeración fija o móvil: se impedirá su uso, salvo que se trate de un caso de itinerancia internacional.
- Bloqueo de mensajes (SMS/MMS/RCS): se deberán bloquear los mensajes con números que no hayan sido atribuidos a ningún servicio, asignados a ningún operador o adjudicados a ningún cliente, incluyendo numeración vacía.
- Bloqueo de mensajes con origen internacional: se deberán bloquear estos mensajes, salvo que se trate de un caso de itinerancia internacional.
- Registro de alias y bloqueo de mensajes con alias no registrados o emitidos por entidades no habilitadas. Este registro será gestionado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y contendrá el alias (cadena de caracteres alfanumérica), junto con la identificación de aquellos proveedores de servicios de mensajería habilitados para el envío y transmisión de mensajes, evitándose así que otros actores no autorizados suplanten a entidades legítimas como bancos o administraciones.
Y, por otro lado, te indicamos las medidas que se introducen para garantizar la correcta identificación de la numeración utilizada para la prestación de servicios de atención a clientes y la realización de llamadas comerciales no solicitadas:
- Prohibición de utilización de la numeración móvil para llamadas de atención al cliente o para la realización de llamadas comerciales no solicitadas.
- Atribución de los rangos 800 y 900 para la prestación del servicio de atención a clientes y para la realización de llamadas comerciales no solicitadas.
En cuanto a la mensajería móvil, los operadores que prestan servicios de almacenamiento y reenvío de mensajes deberán bloquear aquellos mensajes que utilicen números no asignados, atribuidos o adjudicados, incluyendo los que tienen numeración vacía. También deberán impedir el envío de mensajes con origen internacional que usen un CLI del plan nacional de numeración, excepto en situaciones de itinerancia internacional.
Asimismo, los operadores deberán bloquear todos los SMS, MMS y RCS que utilicen identificadores alfanuméricos (alias) no registrados en el sistema gestionado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia o que hayan sido enviados por proveedores de mensajería no autorizados en dicho registro para utilizar el alias como identificador.
¿Cuándo entra en vigor el plan?
- El bloqueo de números no atribuidos a ningún servicio entró en vigor 20 días después de la publicación de la orden en el BOE, es decir, el 7 de marzo.
- El 7 de junio de 2025: prohibición del uso de números móviles para llamadas comerciales y obligación de utilizar numeraciones 800 y 900.
- El 7 de junio de 2026: obligación de que todos los mensajes comerciales utilicen identificadores alfanúmericos registrados en la CNMC.
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