8/10/2023
El próximo 29 de septiembre vence el plazo para que los autónomos que quieran cambiar de mutua en 2024 notifiquen el cambio de la Seguridad Social.
¿Cómo escoger una mutua?
En la actualidad, existen 18 mutuas entre las que los trabajadores por cuenta propia deben decidir para gestionar sus seguros, y no todas ofrecen los mismos servicios. Es importante tener en cuenta estos aspectos:
- Localización del negocio: para saber el número de centros sanitarios disponibles en los alrededores.
- Situación personal: Dependiendo de ésta, interesarán más un tipo de prestaciones especiales u otro.
- Tecnologías/instalaciones que ofrecen las mutuas.
¿Qué funciones y prestaciones cubren las mutuas a los autónomos?
Las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social son entidades privadas que colaboran con la Administración y, desde hace unos años, se encargan de gestionar prácticamente todas las prestaciones a las que tienen derecho los trabajadores autónomos:
- Incapacidad temporal por accidente de trabajo o enfermedad profesional.
- Incapacidad permanente por accidente de trabajo o enfermedad profesional.
- Muerte y supervivencia por accidente de trabajo o enfermedad profesional.
- Prestaciones especiales por las mismas causas.
- Riesgo durante el embarazo y la lactancia natural.
- Cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.
- Incapacidad temporal por contingencia común.
- Cese de actividad de trabajadores autónomos.
¿Qué requisitos son necesarios para hacer el cambio?
Es necesario que el autónomo haya permanecido, como mínimo, un año con la anterior entidad.
¿Cómo gestionar un cambio de mutua antes del 29 de septiembre?
El trámite para cambiar de mutua debe realizarse desde la página web de la Seguridad Social, identificándose mediante el sistema Cl@ve o el certificado digital; o bien acudiendo de forma presencial a una oficina de la Tesorería.